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HIDROBOLETÍN FENTAP 3529: PERÚ – Puno. Anuncian paro indefinido en la cuenca Coata desde el 7 de setiembre


Miércoles, 5 de agosto de 2020 – Año XIV – Edición 3529 – http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
HIDROBOLETÍN FENTAP

La FENTAP informa:
·        PERÚ – Puno. Anuncian paro indefinido en la cuenca Coata desde el 7 de setiembre
·        PERÚ – Piura. Empresa de agua EPS Grau y Municipalidad de Sullana concuerdan para operación de servicios de saneamiento en el sector Oeste
·        PERÚ – Arequipa. Consejeros de Arequipa piden anular contrato de Majes Siguas II
·        PERÚ – Puno. Reactivación económica: ejecutarán dos proyectos de saneamiento en Puno
·        PERÚ - Aprueban reglamento de evaluación del OEFA Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental  
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Anuncian paro indefinido en la cuenca Coata desde el 7 de setiembre

Los dirigentes de la cuenca Coata programaron un paro indefinido a partir del 7 de setiembre, contra los gobiernos de turno exigiendo el plan de acción para la recuperación del río Coata y el lago Titicaca.

Félix Suasaca Suasaca, vocero de esta dirigencia, indicó que esta medida se aprobó luego de suspender la reunión de la mesa técnica de la cuenca Coata, donde ninguna autoridad informó sobre los avances de los proyectos de recuperación.

Resaltó, que la medida de lucha será contra el Ministerio de Vivienda, Salud, Gobierno Regional, autoridades provinciales de Puno y San Román; además de instituciones como SEDAJULIACA y otros que hasta el momento han incumplido con compromisos firmados.

La protesta será acatada por los pobladores de Huata, Coata, Capachica y Caracoto, quienes en reunión de coordinación irán consolidando y preparando las estrategias, señaló. https://www.pachamamaradio.org/


EMPRESAS DE AGUA

EPS Grau y Municipalidad de Sullana concuerdan para operación de servicios de saneamiento en el sector Oeste

En reunión sostenida entre el alcalde de Sullana Power Saldaña y el representante de la EPS Grau, se convino la operación y mantenimiento de los servicios de saneamiento del sector Oeste de esta ciudad. Este proyecto comprende el reservorio R5 que abastecerá de agua a más de 10 urbanizaciones populares y beneficiará a unos 10 mil pobladores que residen en el lugar.

El alcalde Power Saldaña Sánchez suscribió el acta junto con el gerente general de la EPS Grau, Roberto Sandoval, en presencia de un grupo de dirigentes de la zona, funcionarios y los regidores Martín Hidalgo y Luis Almestar. La autoridad resaltó la gestión de importantes proyectos para mejorar y ampliar los servicios básicos en la ciudad.

“Esto va de la mano con dos proyectos grandes que tenemos en el Ministerio de Vivienda: la Planta de Tratamiento de Agua Potable con la que vamos a tener más operatividad para tener más agua para nuestros reservorios, y el proyecto de agua y desagüe de los asentamientos humanos. Todo eso está caminando en el Ministerio de Vivienda para que en los próximos meses empiecen a licitarse estas obras que van de la mano con la PTAR”, indicó el alcalde.

Por su parte, el gerente general de la EPS Grau, Roberto Sandoval informó que la institución dotará de agua dos días a la semana. https://www.elregionalpiura.com.pe/


HIDROREGIONES PERÚ

Consejeros de Arequipa piden anular contrato de Majes Siguas II

La primera reunión de trabajo para debatir el convenio para que el Gobierno Regional de Arequipa ceda la titularidad del proyecto Majes Siguas II al Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), se realizó ayer. Al término, un grupo de consejeros regionales planteó se resuelva el contrato con la concesionaria Cobra y que el proyecto agro industrial sea nuevamente licitado, pero de Gobierno a Gobierno.

Es solo con la venia del Consejo Regional de Arequipa (CRA) que el gobernador Elmer Cáceres Llica puede firmar el convenio. Majes II se encuentra paralizado 2 años y 5 meses ante la propuesta de la adenda 13 (cambios de canales por tuberías en el sistema de distribución de agua) por Cobra, y ya se cumplieron 10 años de la firma del contrato.

Silvio Arias remarcó que hay opciones para reactivar Majes II como una licitación internacional ya que “están cansados de corrupción”. El consejero criticó que el convenio sea la única posibilidad de reactivación que tenga en la mano el Minagri.

Para José Luis Hancco, el documento sería lesivo para los intereses de la región. Explicó que por “la incapacidad del gobernador Elmer Cáceres Llica”, se busca justificar que les quiten el proyecto a los arequipeños. “No tienen conocimiento (el Minagri) si realmente se va a firmar la adenda 13, que es lo más controversial. No estamos satisfechos de la ponencia”, declaró.

Hancco resaltó que se busca beneficiar a la concesionaria Cobra la que planteó 12 adendas al mega proyecto. Se inclina también por una nueva licitación.

La postura de la consejera Kimmerlee Gutiérrez es del mismo sentido. Mientras que Ysrael Zúñiga declaró que no importa quien lo haga, sino que salga adelante Majes II para generar desarrollo y empleo.

Para el exgerente de la Autoridad Autónoma de Majes (Autodema), Isaac Martínez, es irresponsable la postura de los primeros tres consejeros. Sostuvo que si se opta por resolver el contrato se ganaría un proceso arbitral internacional que sería mucho más perjudicial que lo que cuesta la adenda 13 (US$ 104 millones). https://noticiasporelmundo.com/


Reactivación económica: ejecutarán dos proyectos de saneamiento en Puno

Dos grandes proyectos de agua potable y alcantarillado se ejecutarán en la región Puno, en el marco del plan Arranca Perú, informó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).

Precisó que las obras de saneamiento beneficiarán a más de 15,000 ciudadanos de las localidades de Yunguyo y Jayllihualla. Agregó que con ese fin se transfirió a los municipios provinciales un total de 5 millones 843,677 soles.


El MVCS indicó que reiniciará las obras de ampliación y mejoramiento del sistema de agua potable y saneamiento en Yunguyo, que beneficiarán a alrededor de 14,000 habitantes. Para concluir esta intervención, el MVCS, a través de su Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), transfirió 1 millón 763,418 soles.

Asimismo, en el centro poblado de Jayllihuaya del distrito de Puno, se ejecutará el proyecto de ampliación y creación de los servicios de agua potable y alcantarillado en las urbanizaciones Aziruni III Etapa (Ciudad Jardín) y San Santiago. Estas obras beneficiarán a cerca de 1,700 habitantes. Para tal fin, el PNSU transfirió 4 millones 80,259 soles. Actualmente, el proyecto se encuentra en proceso de convocatoria para la selección del contratista que ejecutará la obra. https://andina.pe/

Ministerio de Vivienda anunció la ejecución de dos proyectos de saneamiento en Puno que beneficiarán a más de 15,000 pobladores.

Aprueban reglamento de evaluación del OEFA

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), además de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales, tiene una función evaluadora que no nunca estuvo regulada por una norma específica. Ese vacío se ha corregido mediante la aprobación del Reglamento de Evaluación, mediante Resolución del Consejo Directivo N.º 00013-2020-OEFA/CD.

La función evaluadora comprende la realización de un conjunto de acciones (vigilancia, monitoreo y otras similares) para asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales. Es decir, busca completar la información necesaria para hacer exigibles esas obligaciones.

Hasta ahora, esta función evaluadora no estaba regulada por una norma específica. Lo que existía únicamente era el enunciado de las funciones de la Dirección de Evaluación Ambiental en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de OEFA. Este vacío no permitía entender, entre otras cosas, el contenido de esta función y su relación con las otras funciones que cumple OEFA y otras entidades que intervienen en la fiscalización.

Existiendo la necesidad de establecer disposiciones y criterios para el ejercicio de la función evaluadora del OEFA, esta entidad publicó el 19 de julio del presente año en el diario oficial El Peruano su reglamento de evaluación, mediante la Resolución del Consejo Directivo N.º 00013-2020-OEFA/CD.

Este reglamento establece que la evaluación ambiental incluye acciones de vigilancia, monitoreo y otras acciones similares como estudios especializados, que se desarrollan para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales.

También indica que la evaluación ambiental se desarrolla en tres etapas, las cuales son: (i) etapa de planificación: se determina los objetivos perseguidos y las acciones técnicas1 a ejecutarse, se delimita el área de estudio, se revisa la información relevante, etc.; (ii) etapa de ejecución: se desarrolla acciones técnicas en el área de estudio, incluidas las diligencias previas y coordinaciones necesarias; y (iii) etapa de resultados: se analiza y procesa la información recopilada en las etapas previas a través de la elaboración y la aprobación del informe de evaluación ambiental, el cual no es declarativo de responsabilidad administrativa por incumplimiento de obligaciones ambientales. Lo que señala es que la información que produce sirve para la toma de decisiones de las autoridades competentes para el cumplimiento de la normatividad ambiental.

Adicionalmente, el reglamento menciona que para el desarrollo de la evaluación ambiental el OEFA puede solicitar la colaboración de otras entidades públicas o instituciones privadas, con la finalidad de realizar actuaciones conjuntas y obtener y compartir información. A su vez, podemos interpretar que la población está facultada para solicitar al OEFA la realización de acciones de evaluación ambiental porque el reglamento establece que la evaluación ambiental se puede realizar a pedido de parte (evaluaciones programadas en el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-Planefa) o cuando las circunstancias lo ameriten (evaluaciones no programadas en el Planefa).

De manera complementaria, el reglamento establece cuatro tipos de evaluaciones ambientales y los define de la siguiente manera:

Evaluación Ambiental Temprana: permite determinar el estado de la calidad ambiental y contar con un diagnóstico de las causas o efectos de la alteración en el área de estudio. Se desarrolla cuando no se tiene información sobre la existencia de impactos.

Evaluación Ambiental de Seguimiento: se realiza mediante intervenciones periódicas o continuas y busca observar el comportamiento de componentes ambientales en el tiempo, a través de la acción técnica de vigilancia, con el fin de generar información que permita alertar impactos ambientales negativos.

Evaluación Ambiental Focal: se realiza mediante intervenciones puntuales, con la finalidad de identificar si existe alteración en componentes ambientales determinados. Se desarrolla en respuesta a un evento imprevisible o situaciones análogas que hagan presumir la alteración de componentes ambientales.

Evaluación Ambiental de Causalidad: se realiza mediante acciones técnicas, con la finalidad de establecer la relación causa-efecto entre la alteración de la calidad ambiental y las actividades sujetas a fiscalización ambiental. Se desarrolla a partir de la identificación de un indicio o evidencia de impacto ambiental negativo.

Creemos que la aprobación de este reglamento es un avance, en medio de los retrocesos que se han venido dando en la protección ambiental durante la pandemia. http://cooperaccion.org.pe/


“Defender el Agua es Defender la Vida”
http://hidroboletinfentap.blogspot.pe

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