Viernes, 31 de marzo de 2023 – Año XVI – Edición 4187 – http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
Escándalo y graves irregularidades en
la buena pro y contratación de las actividades comerciales y operativas (Saco) de
Sedapal, por cinco años a través de la UNOPS
Comunicado
008-2023/CDN FENTAP
HIDROREGIONES PERÚ
Lambayeque: Agricultores protestan por falta de agua para el riego de arroz
Agricultores de 16 asociaciones dedicadas a la producción
de arroz y de alimentos de panllevar protestaron en los exteriores del Gobierno
Regional de Lambayeque demandando una pronta solución al sistema de captación
de agua, ubicado en La Puntilla (Chongoyape).
Aseguraron que desde hace dos semanas no pueden regar los
campos de cultivo de arroz, lo cual representa un peligro para la actual
campaña.
Asimismo, precisaron que solo tienen hasta la quincena de
abril para aprovechar el recurso hídrico, ya que es el tiempo que durará la
floración de la planta.
Los manifestantes indicaron que el Proyecto Especial Olmos
Tinajones (Peot) no cumplió con destinar más maquinaria para atender el
problema, el mismo que surgió tras las lluvias de extrema intensidad, registradas
en distintos sectores de la región, y la fuerza del caudal del río Chancay.
Frente a esta demanda, los funcionarios del gobierno
regional ordenaron que el Peot disponga acciones inmediatas. https://diariocorreo.pe/
LIMA PERÚ
Amnistía resalta desprotección a defensores de derechos humanos y falta de acción ante desastres ambientales
En su informe anual (2022-2023),
Amnistía Internacional hizo un balance respecto a la situación de los derechos
humanos en el mundo, incluido el Perú, país que ha llamado la atención debido a
casos como desastres ambientales, falta de acción oportuna de las autoridades
para proteger a los defensores ambientales, represión policial en protestas,
falta de consulta a pueblos indígenas, entre otros.
El informe inicia refiriéndose a
la muerte de 48 civiles y un policía debido a las protestas que se registran
desde diciembre del año pasado en contra de la presidenta Dina Boluarte y su
gabinete ministerial. Estas manifestaciones se registraron con mayor intensidad
en Arequipa, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Junín, La Libertad, Lima y Puno.
Respecto a la labor del Estado
para proteger a los ciudadanos frente a impactos ambientales, Amnistía señaló
que las autoridades “no atendieron oportunamente las necesidades de las
comunidades afectadas y otras sustancias tóxicas, pese a que existe un plan de
acción que involucra a diversos ministerios, y que ya cuenta con presupuesto
aprobado por el Congreso para brindar atención médica especializada a
comunidades afectadas en seis regiones”.
Otro caso que resalta es el
derrame de petróleo ocurrido en enero de 2022, en una estación de la Refinería
La Pampilla, administrada por la empresa Repsol. El informe resalta que varias
personas afectadas por este desastre no habían sido atendidas ni habían
recibido reparación alguna por el daño. Asimismo, agrega que la empresa no se
ha encargado de limpiar todas las zonas afectadas. Hasta la fecha, por ejemplo,
el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha registrado 24
puntos que aún siguen contaminados.
El documento también incluye el
derrame de petróleo ocurrido en setiembre del mismo año, en Loreto. Unos 2500
barriles fueron derramados en Cuninico, lo cual afectó a más de 17 comunidades
indígenas y los dejó “sin alimentos y agua durante varios días, lo cual vulneró
su derecho a vivir en un medioambiente saludable”.
Defensores de derechos humanos
El informe también resaltó que,
el año pasado, el Congreso peruano archivó nuevamente la propuesta para
ratificar el Acuerdo de Escazú, un tratado internacional que busca fortalecer
los derechos de acceso a la información, participación ciudadana y justicia
ambiental, así como mejorar la protección de los defensores ambientales.
Respecto a la situación de los
defensores de derechos humanos, Amnistía informó que al menos seis de ellos
fueron asesinados en los departamentos de Madre de Dios, Loreto, Junín y
Huánuco, y que “las autoridades no proporcionaron seguridad suficiente en las
regiones en las que las personas defensoras corrían un mayor peligro debido a
la tala ilegal, el tráfico de drogas y otras actividades ilícitas”.
“Si bien desde abril del 2021
existe el Mecanismo intersectorial de protección a personas defensoras de
derechos humanos, en algunos casos no se ha activado oportunamente y no todas
las entidades públicas involucradas cuentan con protocolos de acción ante
ataques y amenazas, siendo el caso más grave el de la Policía Nacional, que
hasta la fecha no ha cumplido con este requisito”, apuntó la organización.
Pueblos indígenas
El informe también destaca que,
en marzo de 2022, una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) declaró
inadmisible una demanda interpuesta por comunidades indígenas en relación con
las concesiones mineras existentes en sus territorios, con el argumento de que
la consulta previa no tenía rango constitucional.
Según Amnistía, “el TC no tomó
en consideración el rango constitucional de los tratados internacionales de
derechos humanos ratificados por Perú, lo cual pone en riesgo la obligatoriedad
de la consulta previa que debe realizarse en los territorios que van a ser
impactados por actividades extractivas”.
“Las autoridades deben respetar
el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y obtener su
consentimiento libre, previo e informado para llevar a cabo proyectos en su
territorio. Los homicidios de personas indígenas deben ser investigados de
forma inmediata, imparcial y efectiva”, indicó la organización.
Otros temas al que hace
referencia el informe son al alto nivel de desigualdad social en el país y la
insuficiente inversión en salud pública; la violencia contra mujeres y niñas;
los derechos sexuales reproductivos; los derechos de las personas LGBTI; entre
otros. https://www.actualidadambiental.pe/
Juzgado suspende operaciones de minera en complejo hídrico que abastece de agua a Lima
La medida se mantendrá hasta que el Ministerio de Energía y
Minas demuestre que las actividades extractivas en Marcapomacocha no ponen en
riesgo el agua para casi 10 millones de personas en la capital.
El Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de
Lima ordenó suspender las actividades autorizadas a la empresa Ariana
Operaciones Mineras SAC cerca al sistema hídrico de Marcapomacocha, un complejo
de lagunas e infraestructura hidráulica construida por el Estado para traer
agua a Lima y Callao.
Esta resolución responde a la demanda de amparo que
interpusieron, en 2019, el exviceministro del Ambiente José De Echave junto a
las excongresistas Marisa Glave y Katia Gilvonio, contra el Ministerio de
Energía y Minas.
Los demandantes, patrocinados por el Instituto de Defensa
Legal (IDL), alegaron que el proyecto minero constituía una amenaza inminente
al derecho de acceso a agua potable de Lima y Callao, al derecho a disfrutar de
un medio ambiente equilibrado y también al derecho a la salud.
Asimismo, precisaron riesgos en la provisión de agua como
consecuencia de un sismo o un accidente en las operaciones de la mina. Por
ejemplo, la posibilidad de contaminación de las lagunas que proveen las aguas
que se trasvasan al río Rímac, el peligro de alteración de los servicios
ecosistémicos e interrupción de la conexión entre las aguas subterráneas y las
lagunas, así como la filtración de relaves mineros al túnel trasandino.
Cuatro años después de la presentación de esta demanda, el
Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima resolvió declarar
fundada en parte la demanda de amparo y ordenó suspender las operaciones
autorizadas a la empresa Ariana Operaciones Mineras SAC.
“Suspensión que se mantendrá vigente hasta que el
Ministerio de Energía y Minas realice un estudio complementario (con la
participación del ANA), a fin de tener la certeza (de) que las actividades
extractivas no ponen en riesgo el agua que discurre a la ciudad de Lima y
Callao a través del túnel trasandino”.
Esta sentencia ha sido apelada por la procuraduría de la
Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Energía y Minas, al
igual que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
En IDL, el abogado Juan Carlos Ruiz explicó que la sala
constitucional competente deberá pronunciarse en segunda instancia. Si el fallo
confirma la sentencia y da la razón a los demandantes, este no podrá ser
impugnado ante el Tribunal Constitucional por los demandados. https://larepublica.pe/
“Defender el Agua es Defender la Vida”