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HIDROBOLETÍN FENTAP 3516: PERÚ - Modifican requisitos para el bono a trabajadores con suspensión perfecta: ¿Quiénes serán los beneficiados? Ministerio de Trabajo detalla que se han aprobado menos de 1.700 solicitudes, mientras que más de 6.500 fueron denegadas


Jueves, 16 de julio de 2020 – Año XIV – Edición 3516 – http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
HIDROBOLETÍN FENTAP

La FENTAP informa:
·        PERÚ - Modifican requisitos para el bono a trabajadores con suspensión perfecta: ¿Quiénes serán los beneficiados? Ministerio de Trabajo detalla que se han aprobado menos de 1.700 solicitudes, mientras que más de 6.500 fueron denegadas
·        PERÚ - Carlos Lozada: la hoja de vida del nuevo ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
·        PERÚ – Presidencia del Consejo de Ministros corrige reseña del Ministro de Trabajo y borra nombre de estudio de abogado que asesoró a Odebrecht
·        CHILE - Designan dos nuevos humedales de importancia internacional
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Ministerio de Trabajo detalla que se han aprobado menos de 1.700 solicitudes, mientras que más de 6.500 fueron denegadas   

El Ejecutivo modificó –vía decreto supremo 017-2020-TR– los requisitos para que los trabajadores bajo la figura de suspensión perfecta de labores (o licencia sin goce de haber) accedan a la prestación económica de protección social de emergencia ante la pandemia del coronavirus.

Pamela Navarro, directora del Área Laboral de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, explicó que esta norma básicamente elimina la referencia de que estas prestaciones son únicamente para la microempresa, sino que también se extiende a empresas de otros tamaños hasta cierto límite de trabajadores.

“Anteriormente, entendíamos que esta norma era para quienes no percibían Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), pero ahora se cambia esta métrica y se hacen otras precisiones adicionales”, indicó Navarro.

1. ¿Qué requisitos deben cumplir los trabajadores?

Se dispone que accederán a este subsidio los trabajadores de las empresas que, además de no contar con más de 100 empleados, les haya sido aprobada su solicitud de suspensión, no perciban una remuneración bruta mayor a los S/2.400 (considerando comisiones, entre otros ingresos variables) y no hayan sido beneficiados –ni sus familiares directos– de otros bonos.

2. ¿Qué cambios alcanzan a las empresas?

Debido a que uno de los requisitos está vinculado al número de trabajadores, la norma establece que se utilizará la última información disponible según la Planilla Electrónica que se remite a la Sunat.

3. ¿Cuántos se beneficiarán?

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estima alrededor de 100.000 beneficiados. La entidad detalló a El Comercio que, hasta el 7 de julio, se recibieron 30.000 solicitudes para aplicar este mecanismo. De este total, 1.364 fueron aprobadas; 6.546 desaprobadas; y 337 carecen de objeto.

4. Observaciones de especialistas

Javier Dolorier, socio de Gálvez & Dolorier Abogados, sostiene que son arbitrarios los requisitos fijados del tope salarial y el número de empleados. Por el lado del límite de trabajadores indicó que hay empresas que superan el número y, de igual modo, se les han aplicado la suspensión perfecta de labores. Mientras que sobre la remuneración señaló que las personas que perciben más de S/2.400 también tienen obligaciones, cuyos pagos se imposibilita si se les ha aplicado la suspensión perfecta.

“Nos debemos basar en criterios objetivos, pero no los veo por el lado de los 100 trabajadores ni el tope del sueldo. ¿Acaso los que ganan S/2.500 y tienen la suspensión perfecta no tienen gastos que cumplir?”, criticó Dolorier.

Por su parte, Navarro alertó sobre desfases en la plataforma del ministerio, pues las resoluciones de las apelaciones sobre las suspensiones perfectas demorarían hasta una semana en actualizarse.

Asimismo, subrayó que los plazos para atender las solicitudes y apelaciones deben agilizarse a fin de no perjudicar a los trabajadores.

“La prestación [bono] está pensada porque habrá meses donde no recibirás sueldo. Pero considerando plazos [de las apelaciones] son más o menos dos meses [más] que te quedas sin sueldo y sin prestación hasta que se resuelve [si se aplica o no la suspensión]. Este tema es importante”, puntualizó Navarro.

“Lo que existe es un descontrol, un caos, en definitiva. No hubo una planificación [sobre las suspensiones perfectas]. Dentro de la cadena, [esta norma con modificaciones] es un desacierto más”, añadió Dolorier. https://elcomercio.pe/

Cerca de 1.700 empresas tienen la solicitud de suspensión perfecta de labores aprobadas para sus trabajadores. (FOTO: GONZALO CîRDOVA/ GEC)

LIMA PERÚ

Carlos Lozada: la hoja de vida del nuevo ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

El ingeniero civil por la Universidad Nacional de Ingeniería, Carlos Lozada Contreras, asume la cartera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Vea aquí la galería fotográfica

Lozada Contreras se desempeñó como ministro de Transportes y Comunicaciones de febrero a julio de este año. Fue director ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional desde abril del 2018.

Cuenta con estudios de maestría en Transportes por la Universidad Nacional de Ingeniería, así como estudios de especialización de Finanzas en la Universidad Esan y en Proyectos de Inversión Pública en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

Tiene más de 15 años de experiencia profesional como consultor externo para el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento (BIRF), como parte del equipo de consultores a cargo de la preparación del Proyecto de Transporte Urbano para el Área Metropolitana de Lima y Callao, entre otros. https://andina.pe/

ANDINA/Difusión

PCM corrige reseña del Ministro de Trabajo y borra nombre de estudio de abogado que asesoró a Odebrecht

Tras la juramentación del nuevo Gabinete Ministerial, el presidente Martín Vizcarra aseguró que en esta nueva etapa los ejes principales de acción serán la lucha contra la pandemia y las medidas que aceleren la recuperación económica del país.

Sin embargo, ni bien se conoció a los nuevos integrantes del Gabinete, un joven de 32 años llamó la atención.

Se trata de Martín Adolfo Ruggerio Garzón, el nuevo ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, quien ingresa a la cartera en reemplazo de Sylvia Cáceres.

Ruggerio es abogado especializado en derecho laboral, derecho procesal laboral y derecho migratorio.

La PCM a través de su cuenta de Twitter cambió la reseña del nuevo ministro de Trabajo, Martín Ruggiero Garzón, en su primera publicación resaltan que el titular ha escrito artículos sobre derecho laboral.

En su segunda publicación de la PCM, en la reseña de Martín Ruggiero Garzón eliminaron que haya escrito artículos sobre derecho laboral y que pertenezca como abogado asociado al estudio Payet Rey Cauvi Pérez.

Odebrecht: lista de estudios de abogados que asesoraron a la constructora brasileña

Tras la revisión de una serie de registros y documentación incautada o entregada por la empresa brasileña Odebrecht, se difundió una nómina de bufetes y estudios de abogados que se han relacionado comercialmente con la constructora.

La Fiscalía evalúa las operaciones, convenios o contratos de servicios que suscribieron los citados estudios de abogados, informaron fuentes del Ministerio Público.

Como se recuerda, recientemente se confirmó que un conocido estudio de abogados estuvo implicado en las operaciones bancarias de una off shore para la entrega de 3 millones de dólares para el expresidente Regional del Cusco, Jorge Acurio Tito, usando bancos de Andorra.  

Va la lista:

Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados
Antonio Payet, Alonso Rey & Juan Cauvi Abogados (Martín Adolfo Ruggerio Garzón abogado asociado)
Luis Hernández Berengel & Cía.
Estudio Nava & Huesa Abogados Asociados.
Estudio Garrigues.
Ernst & Young.
Estudio Luis Bramont Arias.
Laub & Quijandría.
Raul Barrios, Fuentes & Dagnino Abogados.
Alfredo Bullard Falla & Huáscar Escurra Abogados.
José Delmar & Manuel Ugarte.
Alberto Rebaza, Rafael Alcázar & Gonzalo De las Casas.
Ugaz, Forno y & Benites.
Estudio Raúl Ferrero.
Grau Abogados.
Estudio Echecopar – Baker & McKenzie.
Luis Pizarro, Botto & Escobar Abogados.
Muñiz, Ramírez, Pérez –Taiman & Olaya.
Natale Amprimo & Hans Flury Abogados.
Estudio Arsenio Oré.
Estudio Osterling.
Estudio Roselló.
Rubio Leguía & Normand.
Jorge Picón y Asociados.
Price Waterhouse Cooper.
Juan Miranda & Daniel Amado Abogados. https://informateperu.pe/


HIDROMUNDO

Chile designa dos nuevos humedales de importancia internacional

La Convención Ramsar sobre los Humedales es la principal autoridad intergubernamental sobre los humedales en el mundo. De acuerdo a la propia Convención, su objetivo principal es velar para que las contribuciones, hechas por los humedales al bienestar humano, en todos sus aspectos, se reconozcan y fortalezcan en todos los sectores y niveles de la sociedad.


Los denominados “Sitios Ramsar” (Humedales de Importancia Internacional) son reconocidos y designados por los gobiernos del mundo que son Partes Contratantes en la Convención de Ramsar debido, principalmente, a su importancia como reservas de agua, por ser espacios donde se concentra mucha biodiversidad y por ser determinantes en el funcionamiento de los ecosistemas.

Desde 1981 que Chile forma parte de la Convención Ramsar siendo el Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter, en la Región de Los Ríos, el primer sitio Ramsar declarado a nivel nacional (27 de julio de 1981).

Desde entonces se habían declarado como tales un total de 13 ecosistemas de los cuales 9 están a cargo de CONAF, 3 son administrados por privados y 1 se encuentra bajo la administración del Ministerio de Medio Ambiente.

Sin embrago, desde hoy, de acuerdo a lo informado por sitio web de la Convención, el país sumo 2 nuevos Humedales de Importancia Internacional; los “Humedales de Monkul” y El “Humedal del río Limarí.

Humedales de Monkul (no. 2423 en la Lista de Humedales de Importancia Internacional):

Es un ecosistema estuario formado por lagunas, marismas de pastos altos y pajonales ribereños.  El sitio alberga a unas 171 especies de plantas incluyendo especies endémicas y vulnerables como el mañío hojas largas (Podocarpus salignus). Al menos 134 especies de animales, incluyendo 80 especies de aves acuáticas y 13 especies migratorias están presentes en el sitio además de especies vulnerables como el conejo europeo (Oryctolagus cuniculus), la nutria del mar (Lontra felina) y el caballo (Equus hemionus).

El sitio es fuente esencial de subsistencia a través de la pesca y la caza para las comunidades indígenas mapuche que habitan en la zona desde épocas precolombinas. Entre las principales amenazas al sitio se encuentra la canalización del humedal para la expansión de la ganadería y el cambio en uso de suelo a consecuencia de la creciente actividad agrícola y forestal.

El Humedal del río Limarí, desde Salala hasta su desembocadura (no. 2424 en el Lista de Humedales de Importancia Internacional):

Es parte de una red de humedales costeros del norte de Chile que incluye estuarios y aguas marinas poco profundas. Es un sitio de gran importancia debido a su amplia biodiversidad biológica sustentando a más de 130 especies de animales y plantas. Provee hábitat para especies endémicas incluyendo 32 especies de plantas como el copao (Eulychnia acida) y 16 especies de animales incluyendo la lisa (Mugil cephalus), la iguana chilena (Callopistes maculatus), el cururo (Spalacopus cyanus) y el sapo de atacama (Rhinella atacamensis), una especie clasificada como vulnerable según la lista roja de UICN.

El sitio es de singular valor ecológico por ser hábitat de reproducción, refugio y alimentación de un número importante de avifauna nativa y migratoria y ser fuente de alimento y agua para las comunidades aledañas, sin embargo, ha sufrido las presiones de la deforestación, erosión y las descargas de basura y contaminantes químicos. https://www.eldesconcierto.cl/


“Defender el Agua es Defender la Vida”
http://hidroboletinfentap.blogspot.pe

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