HIDROBOLETÍN FENTAP
Lunes, 21 de mayo de 2018 – Año XII – Edición 2978 – http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
La FENTAP informa:
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PERÚ
- Alerta. Saneamiento: Modifican integración y prestación de servicios. Mediante
un Decreto Supremo publicado en El Peruano, El Ejecutivo realizó cambios al
reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de
Saneamiento
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PERÚ
- Presentan demanda de amparo por ejecución de proyecto Chadín 2
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PERÚ
– Arequipa. 30% de bases de Fredicon no cuentan con servicios básicos
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ECUADOR
- Controlado derrame de petróleo en río Chucaple, Esmeraldas
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MOSCÚ
- La insoportable contaminación que 'inunda' Moscú
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ALERTA. Saneamiento: Modifican
integración y prestación de servicios
Mediante
un Decreto Supremo publicado en El Peruano, El Ejecutivo realizó cambios al
reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de
Saneamiento
https://elcomercio.pe
– Este domingo, el Ejecutivo oficializó la modificación en el reglamento de la
Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, a través
del Decreto Legislativo (DL) 1280.
El reglamento detallado es referente a la integración de
empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) y su régimen de
prestación de servicios.
El objetivo, de acuerdo al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento (MVCS) es poder atender las necesidades del sector
saneamiento advertidas durante el proceso de implementación del reglamento.
EN DETALLE
La norma explica que se deben modificar las disposiciones
relacionadas con la integración de prestadores y el régimen de prestación de
los servicios de saneamiento por parte de las EPS públicas de accionariado
municipal.
De esta manera, entre los principales cambios se precisa
que la Ley Marco y su reglamento se entienden por integración de prestadores al
proceso progresivo de unificación de prestadores a nivel provincial,
interprovincial, regional y macroregional, en función a la escala eficiente y
los criterios establecidos en el artículo 24 del reglamento.
La integración, según se indica, tiene como finalidad el
aprovechamiento de economías de escala, la sostenibilidad de las inversiones y
el ordenamiento de la prestación de los servicios de saneamiento a nivel
nacional, que contribuye a mejorar el acceso y la eficiencia en la prestación
de los servicios de saneamiento.
Se establece que la integración de los prestadores
establecida en la Ley Marco y su reglamento, requiere del acuerdo de la Junta
General de Accionistas (JGA) de la EPS y el acuerdo del Concejo Municipal de
cada una de las municipalidades competentes involucradas.
Las municipalidades provinciales en JGA no pueden
oponerse al acuerdo de integración que puedan realizar las municipalidades
competentes de la prestación de los servicios de saneamiento.
MODIFICACIONES
Se determina que con el acuerdo del Concejo Municipal de
la comuna en la que se ubica el prestador a integrarse y de la JGA, el
Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS)
puede efectuar los incentivos de acuerdo con el artículo 26 del reglamento.
Los incentivos son entregados a la EPS con la condición
que estos sean utilizados en la mejora de los servicios de saneamiento en la(s)
localidad(es) a integrarse.
Con el acuerdo del Concejo edil y de la JGA también se
establece que la EPS puede prestar los servicios de saneamiento en la(s)
localidad(es) a integrarse, sin perjuicio de la responsabilidad que mantiene la
comuna que acordó integrarse a la EPS.
Se determina también que la(s) municipalidad(es)
provincial(es) competente(s) debe(n) acordar la integración de prestadores,
asumiendo la responsabilidad de la prestación de los servicios en la(s)
localidad(es) a integrarse.
También se señala que las pequeñas ciudades, que a partir
de la entrada en vigencia de la Ley Marco, se encuentren fuera del ámbito de
responsabilidad de una empresa prestadora y que no son atendidas por un
prestador de servicios, se incorporan al ámbito de responsabilidad de una
empresa prestadora.
Excepto en aquellos casos que la Superintendencia Nacional
de Servicios de Saneamiento (Sunass) determine que aún no es viable la
incorporación, entre otras por razones económico financieras, sociales,
geográficas, ambientales, operativas, técnicas, legales o histórico culturales,
se menciona.
PRESTACIÓN MUNICIPAL
Para tal efecto, autoriza la prestación de servicios a la
comuna competente a fin de brindar los servicios de forma directa por un plazo
máximo de tres años renovables por única vez, vía la constitución de las
Unidades de Gestión Municipal, o indirecta vía la contratación de Operadores
Especializados, siguiendo ese orden de prelación con cargo a su posterior
integración.
También se indica que el OTASS promueve, planifica y
ejecuta la integración a nivel provincial, interprovincial, regional y macroregional,
de acuerdo con la escala eficiente y los criterios para la integración
previstos en el reglamento.

HIDROREGIONES PERÚ
Presentan demanda de amparo por ejecución de proyecto
Chadín 2
Este miércoles, abogados
del Instituto de Defensa Legal (IDL) y de EarthRights International (ERI),
junto al secretario de la Plataforma Institucional Celendina (PIC), Milton
Sánchez Cubas y el dirigente Ula Zelada de la comunidad campesina Unión
Marañón, ofrecieron una conferencia de prensa para anunciar que presentaron una
Demanda de Amparo ante el Juzgado Mixto de Celendín, buscando garantizar los
derechos de las comunidades y la protección del río Marañón ante la intención
de que se ejecute el proyecto hidroenergético Chadín 2.
La abogada y directora
de ERI, Juliana Bravo, indicó que también han solicitado que se declare la
nulidad del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de Chadín 2, aprobado en el 2014
por presentar una serie de observaciones que no han sido atendidas: “Es una
demanda legítima en defensa del territorio, de la vida y del medio ambiente de
las comunidades afectadas por este tipo de proyectos por parte del Estado y
empresas”, señaló. NOTICIAS SER
30% de bases de Fredicon no cuentan
con servicios básicos
El
30% de bases afiliadas al Frente de Defensa y Desarrollo del Cono Norte
(Fredicon), aún no cuentan con los servicios básicos como agua, redes de
alcantarillado y energía eléctrica, así lo dio a conocer el líder del frente,
Felipe Domínguez.
“Tenemos
89 asociaciones de Cerro Colorado y Yura afiliados al frente la misma que
alberga a 180 mil habitantes”, señaló.
Además
reveló que desde el Gobierno Regional a 7 asociaciones se le abrió un proceso
administrativo. “Entre ellas se encuentra Amapola, Jorge Basadre, Quechuas, la
zona 9 de Ciudad Municipal, entre otros”, acotó. DIARIO CORREO

HIDROMUNDO
Controlado derrame de petróleo en río
Chucaple, Esmeraldas
El
derrame de diésel en el sector El Achote, cantón Quinindé, ocurrido cuando
personal de la empresa Geinco rompió la tubería del poliducto Esmeraldas –
Santo Domingo mientras realizaba labores de ensamblaje y mantenimiento y que
afectó al río Chucaple, ha sido controlado, así lo aseguró Petroecuador.
Asimismo, se retomó la operatividad en la planta de captación de agua EAPA San
Mateo después de las verificaciones correspondientes.
De
manera inmediata se trasladó al personal del Poliducto Esmeraldas - Santo
Domingo – Quito y de la Subgerencia de Seguridad, Salud y Ambiente, activándose
los planes de contingencia y remediación aplicables al sector; así como también
se activó el Convenio de Ayuda Mutua entre EP Petroecuador y OCP Ecuador S.A.
El
producto derramado es Diésel Premium, al momento se encuentra controlada la
situación y se continúa trabajando en el área afectada. ECUADOR INMEDIATO
La insoportable contaminación que
'inunda' Moscú
El
hedor y las emisiones tóxicas de la basura que se acumula en los vertederos
exasperan a los habitantes de los suburbios de Moscú, mientras que la
incineración dista mucho de satisfacer a todo el mundo.
Rusia
produce casi 70 millones de toneladas de desechos al año, según las
estimaciones de la organización ecologista Greenpeace.
La
selección de basuras solo existe en un centenar de ciudades rusas y la mayoría
de la basura se acumula desde hace décadas en vertederos cada vez más
contaminantes. EXPANSIÓN

“Defender el Agua es Defender la Vida”
http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
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