Viernes, 17 de diciembre de 2021 – Año XV – Edición 3868 – http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
La FENTAP informa:
PERÚ - Las campañas de las empresas mineras. La Sociedad Nacional
de Minería, Petróleo y Energía, ha desatado una campaña millonaria a través de
los principales medios del país en contra de la reforma tributaria presentada
por el Ejecutivo. Los mensajes se han multiplicado en las últimas semanas y
ocupan los horarios estelares de varios medios de comunicación
PERÚ - Estudios del río Piura: Contratista tardó dos años en
actualizar la delimitación de la faja marginal. La Contraloría determinó
responsabilidad administrativa y penal en cuatro funcionarios del ANA por
permitir que la consultoría se aplace de dos meses a dos años
PERÚ - Chimbote: Planta de tratamiento seguirá generando gastos
después de construida. Consultor asegura que mantenimiento de la planta costará
de 8 a 10 millones de soles al año.
PERÚ - «Extracción de minerales de transición ha llevado a que
Sudamérica sea la región con mayor impacto de abuso empresarial»
Las campañas de las empresas mineras
La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, ha desatado una campaña millonaria a través de los principales medios del país en contra de la reforma tributaria presentada por el Ejecutivo. Los mensajes se han multiplicado en las últimas semanas y ocupan los horarios estelares de varios medios de comunicación
La Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, ha
desatado una campaña millonaria a través de los principales medios del país en
contra de la reforma tributaria presentada por el Ejecutivo. Los mensajes se
han multiplicado en las últimas semanas y ocupan los horarios estelares de
varios medios de comunicación.
Algunos de los mensajes apuntan a deslegitimar claramente
la reforma: “entre las propuestas del gobierno está subir agresivamente los
impuestos a la minería” dice un spot televisivo y en otra parte se desatan
todas las alertas: “sin inversión minera los peruanos podemos dejar de tener 2
millones y medio de puestos de trabajo”.
Antes de ponernos a analizar el rigor de estas
afirmaciones, queremos subrayar que esta no es la primera campaña que desarrollan
las empresas mineras en el país defendiendo sus intereses. Es más, la historia
del empresariado minero está ligada a una cerrada oposición a reformas claves
que el país necesitaba poner en marcha y que encontraron una férrea resistencia
del empresariado minero.
A continuación, hacemos un breve recuento de las
principales campañas desarrolladas por el empresariado minero.
La campaña contra las normas ambientales
Corrían los primeros años de la década del 90 y en el país
se comenzaron a discutir políticas ambientales y el correspondiente diseño de
una institucionalidad en este campo. La aprobación del Código del Ambiente y
Recursos Naturales del país en 1990 generó una reacción del sector empresarial:
en setiembre de 1990, tras la expedición del Decreto Ley 613, voceros
empresariales solicitaron su derogatoria y se iniciaron diálogos con el
Ejecutivo y el Congreso, promovidos por la Confederación de Organizaciones
Empresariales del Perú (CONFIEP) y la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y
Energía (SNMPE).
En este contexto, diversos gremios empresariales
desarrollaron una campaña sostenida en medios de comunicación y a través de
comunicados remitidos al Congreso de la República y al Poder Ejecutivo. ¿Cuál
fue el argumento esgrimido? El mismo que se repetiría posteriormente en
reiteradas ocasiones: las nuevas exigencias ambientales detendrían la inversión
y hasta la ahuyentarían. Como lo señala Manuel Pulgar Vidal (2006) [1], se
llegó a señalar que la exigencia de los estudios de impacto ambiental, constituirían
una traba burocrática para atraer nuevas inversiones: “la norma ambiental
espantaría la inversión, generaría caos y otorgaría al ciudadano una facultad
de persecución a las empresas”. Esta discusión se dio especialmente entre el
año 1990 y 1991. ¿Qué logró la campaña del sector empresarial? Retrasar los
avances de las políticas y la institucionalidad ambiental.
Contra la ley de regalía minera
La ley de regalía minera, introducida el año 2004, mediante
la Ley No. 28258, estableció que ésta era una “contraprestación económica que
los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los
recursos minerales metálicos y no metálicos”. La aprobación de esta norma fue
motivo de un acalorado debate político y de una activa oposición por parte del
gremio empresarial minero, que señalaba que las regalías le restarían
competitividad al país.
En este caso, las empresas no solo se limitaron a
implementar una campaña en contra de la ley, sino que en paralelo desarrollaron
una estrategia legal que llegó hasta el Tribunal Constitucional (TC): veinte
empresas mineras interpusieron una acción de amparo ante el Poder Judicial, y
el presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía presentó
una acción de inconstitucionalidad. Finalmente, en 2005 el Tribunal
Constitucional emitió un fallo determinando que la regalía se ajustaba a la
Carta Magna, sin embargo, las empresas que contaban con convenios de
estabilidad tributaria lograron evadir este pago.
Oposición al impuesto a las sobre ganancias
mineras
Cuando se inició el alza sostenida de los precios de los
minerales, a partir del año 2003, se instaló un debate en el país sobre la
posibilidad de colocar un impuesto a las sobre ganancias. Por lo menos dos
campañas electorales -la del 2006 y 2011- abordaron el tema y lograron que los
principales candidatos adoptasen una posición favorable, mientras que buscaban
los votos de respaldo.
La posición de los empresarios mineros fue abiertamente en
contra, bajo el argumento de siempre: con el impuesto a las sobre ganancias el
país perdería competitividad y las inversiones se irían del país. En esta
ocasión las empresas lograron su objetivo: el gobierno de Alan García
(2006-2011) rápidamente dejó de lado la idea del impuesto a las sobre ganancias
y lo reemplazó por un aporte voluntario de las empresas, lo que se conoció como
el “óbolo minero”. Recién el año 2011, casi al final del súper ciclo de precios
altos, se hizo una reforma que creó un impuesto especial a la minería, un
gravamen minero y modificó la ley de regalía minera. Sin embargo, el período
del ciclo alto de precios altos terminó a finales del 2012 y con ello se
frustró la posibilidad que el país obtenga recursos adicionales de una
coyuntura excepcional.
Contra la norma antielusiva
El año 2012 se modificó la norma VIII del Código Tributario
y se incluyó la norma XVI, más conocida como cláusula antielusiva. El objetivo
de la norma era contrarrestar el planeamiento tributario que practican no pocas
las empresas: no incumplen la ley, pero se aprovechan de sus vacíos para pagar
menos impuestos. Además, la adopción de la mencionada norma es una
recomendación del OCDE que va en el sentido de propiciar las mejores prácticas
internacionales en materia impositiva.
Sin embargo, la norma antielusión enfrentó una feroz
resistencia de parte del sector empresarial, asesorado por los principales
estudios de abogados tributaristas del país. La Confiep envió una carta al
Ministerio de Economía y Finanzas sosteniendo que la norma afectaba la reserva
de ley y la seguridad jurídica. En junio de 2014, Alfonso García Miró, por
entonces presidente de la Confiep, declaraba que sus representantes, entre
ellos las empresas mineras, “esperaban la eliminación del capítulo 16 de la
norma antielusión, debido a que les da demasiada discrecionalidad a los
fiscalizadores”. Otros gremios, como la Cámara de Comercio de Lima, consultoras
en materia tributaria como KPMG y diarios como El Comercio, formaron parte de
la campaña en contra de la norma antielusiva.
Finalmente, la enorme ofensiva empresarial y la debilidad
del gobierno de entonces, provocaron que la cláusula antielusión quedase
suspendida el 12 de julio de 2014, sin haber sido nunca aplicada. No está de
más recordar que en la actualidad las proyecciones del MEF y la Sunat, muestran
que todos los años perdemos alrededor del 8% del PBI por evasión y elusión
tributaria. Si hubiésemos aplicado la norma antielusiva desde el año 2012, con
seguridad se hubiese avanzado en la lucha contra la evasión y la elusión
tributaria y se hubiese logrado reducir lo que perdemos cada año por estos
conceptos.
El aporte por regulación en la mira
La Ley 27332 (2000) estableció el Aporte por Regulación
(APR) como una contribución de los sectores para los organismos reguladores de
los servicios públicos. En la medida que el Organismos de Evaluación y
Fiscalización Ambiental (OEFA) asumió la fiscalización ambiental del sector
minero, las empresas deben pagar el denominado aporte.
¿Qué es el Aporte por Regulación (APR)? La Ley 27332
estableció el APR como una contribución de los sectores para los organismos
reguladores de los servicios públicos. En la medida que el OEFA asumió la
fiscalización ambiental del sector minero, las empresas deben pagar el
denominado aporte. Cabe precisar que no sólo las empresas mineras financian la
labor de fiscalización del OEFA: todos los administrados del OEFA están
obligados a asumir los gastos que genera la fiscalización de su respectiva
actividad.
Sin embargo, la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y
Energía interpuso acciones populares ante el Poder Judicial para no pagar el
APR, cuestionando el Decreto Supremo Nº 130-2013-PCM, que fijó la alícuota de
0,15% de la facturación anual de las empresas mineras como aporte. Sin embargo,
el Poder Judicial ha emitido sentencias -precisamente en los procesos de acción
popular-, que reconocen la legalidad y constitucionalidad del aporte que
percibe el OEFA.
La empresa minera Cerro Verde presentó una demanda de
amparo constitucional. Finalmente, el Tribunal Constitucional resolvió el 15 de
agosto de 2019 que los Aportes por Regulación cobrados por el OEFA y el régimen
que los soporta no contravienen principios estipulados en el artículo 74 de la
Constitución, por lo que son constitucionales.
La última campaña
Este breve recuento de las principales campañas
desarrolladas por los principales gremios empresariales y la propia Sociedad
Nacional de Minería, Petróleo y Energía, muestra un comportamiento constante en
contra del avance de políticas públicas en materia ambiental, tributaria y la
puesta en marcha de diversas regulaciones. En casi todos los capítulos
presentados, los argumentos se han repetido: el país va a perder
competitividad, las inversiones se van a ir del país, se está atentando contra
la estabilidad jurídica, etc. La imagen negativa que tiene el empresariado
minero en amplios sectores de la población, debe tener a la base este accionar
constante en contra del avance de políticas públicas claves.
No está demás subrayar que en los casos en los que se
concretaron las reformas (regalía, estudios de impacto ambiental y otros), no
se cumplieron los vaticinios catastróficos de las empresas y hoy en día son
instrumentos fundamentales para la gobernanza del país. En cambio, cuando no se
lograron concretar las reformas y las empresas lograron su objetivo, el Perú
fue quedando rezagado y totalmente al margen de las tendencias internacionales.
Esto se ve con claridad en el tema tributario.
El Perú no puede seguir dándole la espalda a las tendencias globales en materia de fiscalidad. ¿El país va a perder competitividad como consecuencia de la reforma tributaria? ¿La minería, por ejemplo, va a dejar de ser competitiva? De ninguna manera. La reforma minera está siendo diseñada con organismos como el FMI y el Banco Mundial que aportan no solamente capacidad técnica sino también el análisis comparado con otros países productores de minerales. El anterior súper ciclo de precios se nos pasó. No deberíamos repetir el mismo error. https://cooperaccion.org.pe/
HIDROREGIONES PERÚ
Estudios del río Piura: Contratista tardó dos años en actualizar la delimitación de la faja marginal
La Contraloría General identificó responsabilidad
administrativa y/o penal en cuatro funcionarios de la Autoridad Nacional del
Agua (ANA) por permitir la continuidad de un servicio de consultoría de
estudios básicos para la actualización de la delimitación de la faja marginal
del río Piura, pese a los constantes incumplimientos contractuales del
contratista que prolongó el plazo de ejecución de tres meses a casi dos años.
Como parte de las intervenciones del Megaoperativo de control en la región Piura, se emitió y publicó el Informe de Control Específico N° 011-2021-2-5740, el mismo que fue comunicado al titular de la entidad para que evalúe las recomendaciones formuladas, como disponer el deslinde de responsabilidad administrativa de los funcionarios de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos (DPDRH) y de la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque Zarumilla. También se ha puesto de conocimiento al Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios para el inicio de acciones penales contra una persona involucrada.
En noviembre de 2018, la ANA firmó contrato para el
servicio de consultoría por un monto ascendente a S/ 997 476 y un plazo de
ejecución de 90 días calendario. Dicho plazo se inició con la entrega de la información
pluviométrica disponible por parte de la entidad y culminaba el 20 de marzo de
2019. La actividad consiste en actualizar la delimitación del área contigua al
cauce del río.
Pese a que en las bases se señalaba que la DPDRH designaría
a un profesional para las labores de seguimiento y monitoreo, a fin de atender
las observaciones formuladas y contar con los estudios en el menor plazo
posible, no se nombró a un funcionario con un documento; sin embargo, se le
encargó dichas funciones a un especialista de la Autoridad Administrativa del
Agua Jequetepeque Zarumilla, quien no cumplió con la totalidad de las
actividades encomendadas como responsable del seguimiento y monitoreo del
referido servicio de consultoría.
Para el primer entregable, el consorcio levantó las
observaciones un día después del plazo previsto y recién en abril de 2019,
cuando el plazo contractual estaba vencido, se dio conformidad. En tanto, la
subsanación del segundo entregable se cumplió en junio de ese año y,
finalmente, en diciembre pasado se dio conformidad al tercer entregable.
De esta manera, el área usuaria que elaboró los términos de
referencia no supervisó ni verificó el cumplimiento del contrato, permitiendo
que el plazo de ejecución se extienda indebidamente hasta 624 días calendario,
con lo cual se benefició el contratista con la culminación del servicio.
Asimismo, el contratista efectuó una subcontratación con una empresa sin estar autorizado por la entidad, lo cual fue sancionado por el Tribunal de Contrataciones del Estado con una suspensión de cinco meses para participar en cualquier procedimiento de selección y una multa de más de S/ 49 mil a cada una en marzo de este año. https://diariocorreo.pe/
Chimbote: Planta de tratamiento seguirá generando gastos después de construida
La futura Planta de Tratamiento de Aguas Residuales para Chimbote y Nuevo Chimbote generará un gasto anual de 8 a 10 millones de soles al año, estimó el director de los estudios de preinversión de la consultora GLS, Guillermo León Suematsu. Ese monto, dijo, será lo que costará darle mantenimiento.
El especialista aclaró que en
los tres primeros años los gastos de operación y mantenimiento serán asumidos
por el contratista que asuma la ejecución de la obra. Sin embargo, en adelante
la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) deberá
asignar los recursos para que los recibos no se encarezcan.
“Para que la población no se vea
afectada y los gastos no impacten en el alza de los recibos, la Sunass, como
autoridad responsable, tendrá que asignar los recursos que sean necesarios para
su sostenibilidad durante el horizonte de diseño, previo a una auditoria de los
costos de operación y mantenimiento de la planta”, indicó.
León Suematsu reveló que también
habrá gastos de operación y mantenimiento en la nueva red de alcantarillado y
la estación de bombeo, la cual costará entre 2.5 a 3.5 millones anuales que
deberán ser asumidos por los ingresos que tenga Sedachimbote. No obstante, dijo
que estos costos pueden subir, según el crecimiento poblacional.
La planta de tratamiento de aguas residuales empezará a ejecutarse el año 2025 y tendrá un costo de 628 millones de soles, financiados por el Banco Alemán KFW. Con esta planta se espera rescatar a la bahía El Ferrol de la contaminación provocada por los residuos sólidos que recibe desde la década del 70. https://www.elferrolchimbote.com/
«Extracción de minerales de transición ha llevado a que Sudamérica sea la región con mayor impacto de abuso empresarial»
En el marco del primer “Foro
Internacional Andino ‘minerales de Transición, Empresas y Derechos Humanos en
Puno” realizado el último 13 de diciembre y trasmitido por Wayka, diversos
especialistas explican sus puntos de vista sobre la contaminación producto de
la operación minera y la relación de esta actividad con los derechos humanos.
Se contó con la participación de
representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), la
Defensoría del Pueblo, el Centro de Información sobre Empresas y Derechos
Humanos (CIEDH), Cooperacción y el Observatorio Ciudadano de Chile.
En un contexto de calentamiento
global, debido a la explotación de combustibles fósiles y a la
industrialización, que produce gases de efecto invernadero, deforestación, uso irresponsable
de recursos naturales y la pérdida de ecosistema, la especialista Amanda Romero
del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH), explica
que la extracción de los minerales de transición ha llevado a que Sudamérica
sea la región que registra mayores impactos de abusos empresariales a nivel
mundial”.
Romero señala que el sector
minero del cobre acumula la gran mayoría de denuncias reportadas; debido a que
74% de todas las denuncias reportadas en Sudamérica tienen relación con la
minería del cobre. Además, actualmente vivimos en una crisis climática por el
uso excesivo de combustibles fósiles como el petróleo y el carbón”.
Panorama de los Impactos
Ambientales y Sociales
Jacinto Ticona, representante de
la Defensoría del Pueblo en Puno, reconoce que: «La minería es una actividad
que tiene muchos años, pero también es una actividad que tiene mayores impactos
en el medioambiente, en nuestras tierras; así como a nivel social, porque
surgen protestas sociales».
Tras el monitoreo realizado por
el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH) hacia las
empresas mineras, la especialista Amanda Romero señala que: “40% de las minas
fueron denunciadas por corrupción y 30% por evasión o elusión tributaria; es
decir, no pagar impuestos correctamente».
Por otro lado, sobre las
denuncias en el Perú, 59% de todos los casos se refieren al problema por el
agua, principalmente porque se acaba. En segundo lugar, porque se contamina y
no hay remediación ambiental.
En este sentido Ticona señala
que: «El Estado no es capaz de implementar acciones concretas en el 60% de los
conflictos socio-ambientales en Puno. Está bien que se activen las mesas de
diálogo, pero no se ven resultados, no se implementan los acuerdos».
Sobre el Plan Nacional de Acción
de Empresas y los Derechos Humanos
Edgardo Rodríguez, director
general de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, señaló que es
importante resaltar un diálogo entre iguales, con respecto a los actores
implicados en un conflicto: Estado, sociedad civil, empresas y, en una posición
preferente, los pueblos indígenas y los sindicatos.
Rodríguez enfatizó en la
importancia de reconocer y observar el patrón de comportamiento de las empresas
mineras, debido a que existe cierto negacionismo sobre los abusos que las
empresas cometen.
Por otro lado, sobre el Plan
Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025, se tiene como
principal problema el énfasis sobre el sector extractivo, pero se debe tener en
cuenta que, en el país también hay industria pesquera, manufacturera, de
agroexportación, etc.
Una Mirada a la Política
Nacional del Ambiente (PNA) y los minerales en Puno
Abel Gilvonio, representante de
Cooperacción, señala que en los lineamientos del PNA tiene que haber una
adecuada rendición de cuentas, una investigación imparcial de los impactos que
van a ver y no solo los Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
Asimismo, enfatizó que tiene que
haber una profundización de estos estudios, debido a que no solo estamos
hablando de minerales comunes, estamos hablando de minerales que tienen alta
radiación (litio) y que pueden afectar la vida, la salud, el territorio, el
agua de la población de Puno.
Por último, Gilvonio resalta que es importante que se trabajen mecanismos operacionales para garantizar la reparación por contaminación en temas de explotación. A nivel nacional, es necesaria una reducción de la vulneración de derechos humanos, necesitamos que América Latina tenga una debida diligencia y en Puno implementar un espacio para que se reduzcan los impactos negativos en la salud. https://wayka.pe/
Mira el video del evento aquí: https://www.facebook.com/waykaperu/videos/597196041552371
“Defender el Agua es Defender la Vida”