Miércoles, 21 de febrero de 2024 – Año XVII – Edición 4411
Miércoles 21 de febrero paro nacional
de las empresas de agua y movilización al Congreso de la República, para exigir
al gobierno, solución a nuestra plataforma de lucha:
Comunicado
N° 011-2024/CDN FENTAP
1. Rechazar la privatización de
Sedapal y de las empresas de agua, en todas sus modalidades preparada y
anunciada por la ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Hania Pérez
de Cuéllar Lubienska a través de los medios de comunicación.
2. Rechazar las modificaciones de
los diversos artículos del DL 1280 hecha por el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento y aprobado mediante D.L. 1620 por este gobierno para
privatizar Sedapal y las Empresas de Agua a nivel Nacional.
3. Exigir al Gobierno y al Congreso
de la República la renuncia inmediata de la Sra. Hania Pérez de Cuéllar
Lubienska al cargo de ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por su
incapacidad para resolver los problemas de las empresas de agua, destruyendo la
gestión de Sedapal y las demás empresas de agua.
4. Exigir el cese inmediato del
presidente del directorio y los directores nombrados en las Empresas de Agua,
que carecen de experiencia en el sector y por estar involucrado en presuntas
irregularidades que han sido denunciadas a través del sistema de control y los
medios de comunicación.
5. Exigir al Gobierno el
fortalecimiento de Sedapal y de las empresas de agua como empresas públicas:
nombrando presidentes y directores que tengan experiencia en el sector
saneamiento, en el sector público y transparencia en su gestión.
6. Exigir al MVCS el pago inmediato
de la deuda de 200 millones de soles que le debe a Sedapal por la distribución
de agua gratuita a los sectores que no tienen conexiones de agua aún y a nivel
nacional.
El Consejo Directivo Nacional de la FENTAP convoca a todas las organizaciones
sindicales de Sedapal y de las empresas tercerizadas, las organizaciones
sociales y populares, y a la sociedad civil a participar activamente en esta
Jornada de Lucha movilizándonos el día 21/02 al Congreso de la República.
Preconcentración: Plaza Dos de Mayo, 10:00 a.m.
NI PRIVATIZACIÓN, NI CORRUPCIÓN EN LAS
EMPRESAS DE AGUA Y SEDAPAL
NI TERCERIZACIÓN, NI EXPLOTACIÓN
FUERA HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
DEL SECTOR VIVIENDA
Y DE SEDAPAL
FUERA LOS DIRECTORES Y FUNCIONARIOS
INCAPACES Y CORRUPTOS
VIVA LA JORNADA DE LUCHA DEL 21/02/24
Consejo Directivo Nacional de la FENTAP
Obra de drenaje pluvial que costó más de S/ 4 millones colapsa
por las lluvias en Piura
Una obra de drenaje pluvial valorizada en 4,17 millones de
soles colapsó este martes en Piura, luego de una lluvia de al menos 25 mm
registrada durante la noche anterior. Se trata del Sistema Alternativo de
Recolección de aguas de lluvia (SARE) ubicado en el sector conocido como “Cinco
Esquinas”, en el distrito de Veintiséis de Octubre.
La obra entró en funcionamiento el 19 de enero, como parte
de la implementación de ocho SARE en Piura y Sullana. El Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento anunció que estos sistemas “permitirán
mitigar el riesgo de inundaciones, evacuando las aguas acumuladas a través de
electrobombas y motobombas de gran capacidad”.
Precisamente Cinco Esquinas, así como La Molina II, también
en Veintiséis de Octubre, son dos de los sectores donde las lluvias generan más
inundaciones en la ciudad. Por ello, la obra del SARE implicaba instalar dos
piscinas subterráneas (pozos de tormenta) con capacidad de 1500 y 3000 m3 para
evitar inundaciones y evacuar las aguas pluviales mediante tuberías hacia la
quebrada Pajaritos.
Vivienda señaló que eran «problemas
técnicos»
Sin embargo, luego de la lluvia del último lunes por la
noche, la obra presentaba grietas y pronunciadas cangrejeras por donde corría
el agua con fuerza. Los vecinos mostraron su indignación y molestia por el
estado actual de la obra y publicaron imágenes a través de redes sociales.
A través de un comunicado, el Ministerio de Vivienda señaló
que se trata de “problemas técnicos” que, sin embargo, “no ponen en riesgo la
operatividad de las instalaciones”. Además, atribuyó la responsabilidad de
estas deficiencias a la Municipalidad de Piura, por no haber coordinado
previamente la ejecución de otra obra en el mismo sector.
“En Cinco Esquinas el problema se debió a que la
Municipalidad Provincial de Piura está construyendo un SARE en la zona 4 de
octubre e instaló, sin previa coordinación, un buzón que dejó inconcluso a unos
metros del SARE Cinco Esquinas. Dicho buzón se rebalsó y afectó nuestro SARE,
pero sin comprometer su operatividad”, publicó el ministerio.
Adjudicación fue autorizada a dedo
La obra del SARE Cinco Esquinas fue adjudicada, en octubre
de 2023, por la modalidad de contratación directa, en el marco del estado de
emergencia por lluvias decretado por el actual gobierno.
Las empresas encargadas de los trabajos fueron Perfotunel y
Natural Gas Company, que conformaron el Consorcio Nuevo Amanecer. Los trabajos
fueron ejecutados en un plazo de 90 días, por un monto de S/ 4,168,446.39.
La adjudicación fue autorizada por el entonces director
ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) del Ministerio de
Vivienda, Jonatan Jorge Ríos Morales. Como se recuerda, este funcionario fue
designado irregularmente por la ministra Hania Pérez de Cuéllar, ya que no
cumplía los requisitos para el cargo.
Contraloría advirtió irregularidades y Ríos fue apartado
pero ministra ajustó requisitos para que retorne
En enero de 2023, cuando la Contraloría advirtió de estas
irregularidades, Ríos fue apartado temporalmente, mientras el despacho de la
ministra ajustaba los requisitos para volver a contratarlo, lo cual, en efecto,
ocurrió. Tras un reportaje de Punto Final, en el que se reveló estos hechos,
Jonatan Ríos fue cesado del cargo en enero de 2024 y la Fiscalía anunció
diligencias contra Pérez de Cuéllar.
Ríos también es recordado por haber contratado a su
entrenador personal, Henry Vega, según publicó La Encerrona, para que realice
sesiones de actividad física a trabajadores de su programa, un servicio por el
que el Ministerio de Vivienda desembolsó S/ 27,000.
La Municipalidad de Piura, en tanto, negó ser responsable
de la afectación del SARE y aclaró que los trabajos de mitigación de lluvias
los realiza el Ministerio de Vivienda. El contratista de los trabajos, Eduardo
Quezada, aseguró que la erosión en el SARE fue originada por la fuerza del
agua, lo que contradice el comunicado ministerial. https://jornada.com.pe/
Contraloría alerta falta de terrenos
para realizar obra de agua y alcantarillado en Ventanilla
El Programa Agua Segura para
Lima y Callao (PASLC) no tiene la disponibilidad física de terrenos para nueve
componentes del proyecto de mejoramiento y ampliación de los sistemas de agua
potable y alcantarillado en Ventanilla (Callao), indicó la Contraloría al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Con ello, se estaría
incumpliendo un requisito previo y necesario para la convocatoria de procesos
de selección y la contratación de obras, así como lo establece la Ley de
Contrataciones del Estado, lo cual afectaría el adecuado desarrollo y
culminación.
“Mejoramiento y ampliación de
los sistemas de agua potable y alcantarillado de los sectores 273, 277, 278,
279, 280 394 y 395 del distrito de Ventanilla” es un proyecto que obtuvo su
declaratoria de viabilidad en marzo de 2018 para mejorar las condiciones del
sistema de abastecimiento de agua potable y alcantarillado de los sectores del
proyecto, así como mejorar la calidad de vida de 291,618 pobladores
beneficiarios.
Luego de 5 años, el PASLC
realizó la convocatoria de la Licitación Pública Nacional LP-SM-7-2023-PASLC
para la contratación de la ejecución de la obra, por un valor de S/
609,548,372, en un plazo de 3 meses. Inicialmente, se iba a adjudicar el 31 de
enero del 2024; sin embargo, uno de los postores elevó cuestionamientos que
están a la espera de un pronunciamiento del Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado (OSCE).
Al intervenir la Contraloría, se
emitió el Informe de Hito de Control Concurrente N° 061-2024-OCI/5303-SCC que
señala que el PASLC no cuenta con la disponibilidad de terrenos y/o saneamiento
físico legal concluido para nueve componentes lineales y no lineales del
proyecto al no haber culminado las gestiones para su obtención.
Teniendo en cuenta de que la
disponibilidad de terrenos en uno de los requisitos para convocar el
procedimiento de selección del proyecto, la comisión de control advirtió que
esto podría ocasionar que el proceso de selección no se desarrolle adecuadamente
y/o no culmine de manera satisfactoria.
Además, señala que se estaría
incumpliendo el artículo 32 de la Ley de Contrataciones del Estado, donde se
establece que, en caso de contratación de ejecución de obras, la entidad (en
este caso el PASLC) debe contar con la disponibilidad física del terreno; así
como el artículo 41 del reglamento de la ley, donde se establece que la
disponibilidad física es un requisito para poder convocar un proceso de
selección.
Suministro eléctrico
Otro riesgo que encontró la
entidad es que el PASLC no cauteló la vigencia de los puntos de diseño ni de
las conformidades técnicas del proyecto para el sistema de utilización de media
tensión eléctrica, por lo que se encuentran vencidos hace un año.
Los auditores de Contraloría
verificaron que las aprobaciones de los puntos de diseño y las conformidades
técnicas otorgadas a 10 componentes del proyecto (entre cisternas y
reservorios) que se ejecutarán en media tensión, fueron emitidas en el 2021 y
estuvieron vigentes hasta los primeros cuatro meses del 2023.
Como resultado de las gestiones
para obtener nuevas conformidades técnicas, existe el riesgo de que el
concesionario del servicio eléctrico fije otros puntos de diseño, y debido a
que estos se encuentran sujetos al cálculo de la máxima demanda del área a
electrificar, esta situación podría ocasionar que las eventuales nuevas
ubicaciones otorgadas, lleven a la necesidad de realizar modificaciones
relevantes al proyecto, lo cual cambiaría el monto y plazo de ejecución de las
obras.
Contraloría brinda
recomendaciones
En el informe, la Contraloría
recomienda que el MVCS adopte medidas correctivas que permitan la continuidad
del proceso para adjudicar esta obra que llevará agua potable y alcantarillado
a la población de Ventanilla. https://gestion.pe/
Leyes del agua: así protegen sus
recursos hídricos los países de América Latina y Europa
El páramo de Sumapaz siempre ha
sido un lugar sagrado. Lo era ya cuando sus tierras solo las recorrían los
muisca, un pueblo indígena para quien el páramo era una especie de edén, un
lugar reservado para las fuerzas de la creación del mundo y el origen del ser
humano. Y lo es hoy: desde sus más de 300.000 hectáreas salpicadas de lagunas
glaciares se extiende una amplia red de quebradas y ríos que da de beber a
Bogotá. No es de extrañar que su protección, como la del resto de páramos
andinos que existen en Colombia, esté recogida por ley.
El de Sumapaz es el páramo más
grande del planeta, un tipo de ecosistema único que solo se da en las zonas más
altas de la franja intertropical del planeta. Allí se reúnen las condiciones
necesarias para que los glaciares de montaña se hayan retirado por completo,
dejando al descubierto valles, praderas y lagunas. En Sumapaz, ni siquiera
queda hielo en el punto de mayor altitud, el Nevado del Sumapaz, a 4.300 metros
sobre el nivel del mar. Pero hay agua, mucha agua.
“Gran parte del agua de Colombia
proviene de la alta montaña, de esos ecosistemas únicos que son los páramos,
pastizales de altura con una vegetación muy particular y con una capacidad de
regulación hídrica absolutamente maravillosa”, explica Alejandro Calvache,
experto para los Fondos de Agua de The Nature Conservancy en América Latina,
una organización que busca reforzar la seguridad hídrica mediante las
soluciones basadas en la naturaleza y la difusión del conocimiento científico,
entre otros aspectos. “Son ecosistemas estratégicos que, afortunadamente, en
Colombia están protegidos por ley”.
Pero, ¿cómo funcionan las leyes
que protegen el agua? Repasamos las principales normativas para la protección y
gestión de los recursos hídricos.
Las leyes del agua en Colombia
Enmarcada por dos océanos y tres
cordilleras, Colombia alberga la mitad de los páramos del planeta y alrededor
de 700.000 cuerpos de agua, entre ríos y lagos. De acuerdo con el último
Estudio Nacional del Agua del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios
Ambientales de Colombia, la oferta hídrica del país es seis veces superior a la
media mundial y multiplica por tres la de América Latina. Pero en Colombia,
también, 12 millones de personas tienen acceso inadecuado al agua potable.
Además, cerca de 1,5 millones de personas no disponen de sistemas de
saneamiento. Y solo se tratan el 52 % de las aguas residuales, según datos del
ministerio de Vivienda.
Leyes del agua: así protegen sus
recursos hídricos los países de América Latina y Europa
“En Colombia, las Corporaciones
Autónomas Regionales (CARS) son las que velan por la protección del recurso
hídrico, entre otras funciones”, explica Calvache. “Sobre el papel están muy
bien estructuradas y tienen unas responsabilidades muy claras, pero tienen dos
problemas: por su sistema de financiación, algunas tienen pocos recursos y
presupuestos muy limitados, y no han logrado aislarse del entramado político,
lo que a veces dificulta su gestión y hace que en los proyectos no siempre
prime el punto de vista técnico”.
Colombia cuenta con diferentes
normativas para proteger el agua, como la Ley 1930, que regula la gestión
integral de los páramos, las disposiciones del Decreto 1076 para el Uso y
Aprovechamiento del Agua, el Decreto 1575 que regula la calidad del agua o el
Plan Hídrico Nacional. Pero no existe una ley integral del agua que lo articule
todo. “Hemos tenido varios intentos y planes de gestión, pero creo que hasta
ahora ha faltado una continuidad y un mandato a largo plazo para que funcione
un cuerpo único de gestión del agua”, añade Calvache.
Para el experto, el sistema
colombiano ha dificultado la gobernanza del agua, la participación activa de
todos los actores que vivan en una misma cuenca hídrica y aprovechen sus
recursos. Esto hace que, a su vez, sea complicado garantizar el acceso equitativo
al recurso, sobre todo, en zonas rurales y aisladas y en regiones en las que el
agua es escasa.
Causas de la escasez de agua
Además, de cara al futuro, el
país –como la región y el resto del planeta– debe hacer frente a los retos
climáticos. “Hoy pagamos por el tratamiento del agua o los embalses, pero
debemos también pagar por la recuperación y el mantenimiento del agua en su
origen, por la protección de los ecosistemas que la generan”, concluye
Calvache. “Hay que estar preparados. Pase lo que pase con el cambio climático,
un bosque maduro, bien conservado, responderá siempre mucho mejor a épocas de
sequía o a episodios de inundaciones que uno que esté degradado”.
Venezuela y la crisis del agua
Como Colombia, Venezuela está
entre los países del mundo con mayores reservas de agua dulce. Sus ríos, sus
lagos y sus aguas subterráneas generan una cantidad de recursos hídricos
aprovechables estimada en 93 millones de metros cúbicos al año. Toda esta agua
está protegida, además, por un entramado legal sólido, que emana de la propia
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, la cual reconoce
el derecho de todos los venezolanos al acceso al agua potable de forma
equitativa y no discriminatoria.
Además, tras la aprobación de
una serie de normativas más concretas, el país cuenta desde 2007 con una Ley de
Aguas que busca establecer las disposiciones que rigen la gestión integral de
las aguas como elemento indispensable para la vida, el bienestar humano y el
desarrollo sostenible del país. Sin embargo, el caso de Venezuela muestra cómo
el aspecto legal, por sí mismo, no es suficiente para garantizar una buena
gestión de los recursos hídricos.
Leyes del agua: así protegen sus
recursos hídricos los países de América Latina y Europa
De acuerdo con el último informe
del Observatorio de Ecología Política de Venezuela, el 90% de la población venezolana tiene algún
tipo de problema relacionado con el agua y solo el 27% dispone de un servicio
de agua potable regular. Los problemas se deben, en gran medida, a la falta de
mantenimiento del sistema hídrico en los últimos años. Además, el país también
tiene problemas en el origen del agua, debido a la degradación de las cuencas
(por minería, deforestación y otras actividades extractivas sin control) y a la
contaminación de muchos acuíferos y embalses. La situación ha empeorado de tal
manera que el informe habla ya de crisis hídrica en Venezuela.
Uruguay y Argentina, leyes
frente a la escasez de agua
Más al sur, Uruguay y Argentina
comparten recursos (los caudalosos ríos Uruguay y de la Plata dan forma a su
frontera natural) y situación (en los últimos tres años, ambos países,
eminentemente agrícolas, han sufrido una fuerte sequía que ha llevado al límite
a la mayor parte de sus cosechas). Sin embargo, desde el punto de vista legal,
el enfoque de ambas naciones no podía ser más diferente.
Uruguay cuenta con una Ley de
Política Nacional de Aguas desde 2009, normativa que desembocó en la
elaboración del primer Plan Nacional de Aguas del país en 2017. Este plan está
estructurado en 10 líneas con objetivos muy claros, que van desde garantizar el
agua para uso humano y la mejora de la gestión del riego hasta establecer las
reglas para el diseño y la gestión de obras hidráulicas o los sistemas de
información. Sin embargo, la fuerte sequía ha mostrado las costuras del sistema
y varias plataformas de expertos, como la Asociación de Limnología del Uruguay,
piden una planificación a largo plazo para hacer frente a los retos que supone,
y supondrá, la crisis ambiental global.
Argentina, al contrario de
Uruguay, carece de una ley única, más allá de la utilización racional de los
recursos naturales que establece la constitución. Es cada provincia la que
regula jurídicamente el uso de sus aguas. El Código de Aguas de Buenos Aires,
por ejemplo, regula los permisos y concesiones para disfrutar el agua en todo
tipo de usos, desde el abastecimiento de agua potable al agrícola o al
energético. Sin embargo, no establece preferencias entre usos, lo que ha
generado conflictos por el agua en varias ocasiones y, en particular, por las
presiones industriales y agropecuarias.
Perú, una gran reserva de agua
dulce
En línea con la situación de sus
países vecinos, en Perú el agua dulce es abundante. Según estimaciones de la
Autoridad Nacional del Agua, tiene el 1,89 % de la disponibilidad de agua dulce
del mundo. Sin embargo, el recurso se acumula en las montañas, en los altos de
los Andes, donde apenas vive nadie, y escasea cada vez más en la costa, donde
se concentra la población. Lima, una capital con más de 10 millones de
habitantes, recibe más del 80 % de su agua de la cuenca del río Rímac, que nace
a 5.500 metros sobre el nivel del mar y que bebe de varias lagunas y glaciares.
“El principal problema hídrico
que enfrentamos hoy es la desglaciación: hemos perdido ya alrededor del 40% de
nuestros glaciares, que son una fuente de agua muy importante”, explica Gisela
Murrugarra, directora en Perú de Water for people, una ONG que trabaja en
varios países del mundo para aportar soluciones a la crisis del agua y
garantizar el acceso duradero al recurso. Para Murrugarra, se están haciendo
algunos esfuerzos para adaptarse a la situación (como la reforestación de las
cuencas), pero hace falta reforzar la protección del recurso, tener en cuenta
las necesidades de la población rural y avanzar mucho en la reducción del
desperdicio y en la reutilización del agua.
Perú cuenta, desde 2009, con una
Ley de Recursos Hídricos para todo el país que tiene el objetivo de proteger el
agua y modernizar su gestión. Se trata de una ley muy amplia que, hoy en día,
sigue en desarrollo. Hasta ahora, según la experta de Water for people, ha
dejado avances importantes como la sistematización de toda la información
referente a las cuencas, mapeando el recurso hídrico de todo el país, el
desarrollo de los derechos de uso de agua y el establecimiento de un sistema de
retribución económica por el uso de agua y los vertidos.
“La ley generó también mucha
expectativa por la creación de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), la máxima
autoridad sobre el Sistema Nacional de Recursos Hídricos del país. Sin embargo,
en algunos aspectos, ha sido complicado avanzar para la ANA”, explica
Murrugarra. “La autoridad se crea adscrita al ministerio de Agricultura, lo que
en ocasiones ha acabado por beneficiar a la agricultura en los conflictos por
el uso del agua frente a otros sectores y frente al consumo humano.
Probablemente la ANA necesite una mirada más independiente de cara al futuro”.
México, modernización de las
leyes del agua
Al contrario de lo que sucede en
el Cono Sur, México forma parte del grupo de países con una disponibilidad de
agua baja. Aunque más del 90% de la población dispone hoy de acceso a agua
potable, un estudio de la Universidad Autónoma de México estima que una tercera
parte de los que acceden al recurso no lo hacen en cantidad ni calidad
suficientes. Alrededor de 35 millones de mexicanos viven en zonas de elevado
estrés hídrico y la situación no ha hecho sino empeorar en los últimos años,
cuando el evento de La Niña en el Pacífico extremó la sequía en casi todo el
territorio.
Desde el punto de vista legal,
México recoge en su constitución el derecho al agua y la define como un bien
público. Además, desde 1992, cuenta con una Ley de Aguas Nacionales que regula
la distribución y el control del agua y designa a la Comisión Nacional del Agua
como el órgano responsable de ejercer la autoridad y administración del agua en
el país. Sin embargo, en 2012, una reforma constitucional abrió la puerta a una
necesaria reforma de la legislación hídrica, reforma que hoy sigue sin
producirse.
De acuerdo con el Centro de
Investigación de Política Pública, la reforma es necesaria para modernizar el
sistema de concesiones de uso de agua, su monitoreo y vigilancia, así como las
necesidades de presupuesto y los mecanismos de financiación de la infraestructura
hídrica. De acuerdo con el centro de investigación, la mayoría de las
concesiones registradas no cuentan con un medidor y más del 90 % de los
medidores instalados no han sido verificados, lo cual incentiva el uso
desmedido del recurso y la extracción clandestina.
Legislación sobre el agua de
España y la Unión Europea
En la región mediterránea, al
otro lado del Atlántico, la baja disponibilidad de agua es también la norma.
España es, según el World Resources Institute, el cuarto estado con mayor
estrés hídrico de toda la Unión Europea. Al mismo tiempo, es un país de mucho
peso agrícola –el segundo de la UE con mayor superficie calificada como
regable–, donde cerca del 80% del consumo nacional de agua se dedica a
cultivos. Además, el cambio climático está reduciendo el agua disponible: los
recursos son hoy un 12% menores que en 1980 y se prevé que antes de mitad de
siglo disminuyan entre un 14% y un 40%.
España cuenta con una Ley de
Aguas desde 1985 que ha sido reformada en varias ocasiones. Esta establece,
entre otros aspectos, la creación del Consejo Nacional del Agua (un órgano
consultivo que informe sobre el Plan Hidrológico Nacional y los planes de cada
cuenca) y las llamadas Confederaciones Hidrográficas, autoridades que existen
desde 1926 y que son las máximas responsables de la gestión de los recursos
hídricos de cada cuenca.
Desde su entrada en la Unión
Europea, la legislación española está muy marcada por las directivas
comunitarias. Así, a nivel europeo se superponen varias normativas. La
Directiva marco sobre el agua de la UE establece un protocolo para la
protección de todas las aguas, sean superficiales interiores, de transición,
las aguas costeras o subterráneas. En un segundo nivel, existen directivas más
específicas como la relativa a la protección de las aguas subterráneas contra
la contaminación y el deterioro, la de agua potable que establece normas de
calidad básicas para las aguas de consumo humano o la relativa a las aguas de
baño, que busca mejorar la protección de la salud pública y el medioambiente en
las aguas destinadas a usos de ocio.
'Podcast': Calcula tu huella
hídrica para ahorrar agua y cuidar del planeta
Este marco normativo más sólido
no ha impedido que, en los últimos años, muchos de los países de la UE hayan
aprobado nuevas leyes propias para hacer frente a la excepcional situación de
sequía que atraviesa el continente europeo (y, sobre todo, su parte sur). En
España, por ejemplo, el Consejo de Ministros aprobó un paquete de medidas
urgentes para paliar el efecto de la escasez de agua, con ayudas directas a los
afectados, la aceleración de nuevas infraestructuras para aumentar la
disponibilidad el recurso o el impulso a la reutilización de las aguas urbanas.
En Francia, por otro lado, el
Gobierno también aprobó un paquete de 53 medidas encaminadas a reducir la
demanda de agua y hacer un uso más moderado del recurso. Con el objetivo de
ahorrar un 10% del suministro de aquí al 2030, se está aplicando una tarificación
progresiva, tanto para particulares como para profesionales, de forma que el
precio del agua aumente a medida que se consume más. Otras de las medidas
propuestas pasan por restaurar muchos de los ecosistemas clave del ciclo del
agua, como los humedales, y fomentar la innovación tecnológica para mejorar la
gestión del recurso. https://www.bbva.com/