Miércoles, 13 de agosto de 2025 – Año XX – Edición 4773
Ayabaca y Huancabamba luchan por terminar con las concesiones mineras que ponen en riesgo la vida de nuestros páramos y nacientes de agua
Con una extraña y preocupante lentitud se desarrolla
actualmente la respuesta del Poder Judicial para la apelación que presentaron
las comunidades de Yanta (Ayabaca) y Segunda y Cajas (Huancabamba), por la
demanda de amparo que interpusieron contra las concesiones mineras que existen
en la zona.
Actualmente, son 35 las concesiones que se entregaron en
estos territorios, hacen más de 20 años, sin que la población haya dado
licencia social para ello, o, al menos, que haya sido notificada o consultada
sobre el tema.
Primera vulneración: omisión y
desinformación
Esta omisión de información desde el gobierno contra los
pueblos originarios de Ayabaca y Huancabamba, ha generado una afectación en los
pobladores, quienes ven el ingreso de actividades relacionadas a la minería,
sin que se respete sus espacios y territorios. Y es justamente esta omisión del
Estado la que se ha planteado como una vulneración a los derechos de los
ciudadanos de Yanta y Segunda y Cajas.
La demanda de amparo se presentó ante el Juzgado Mixto de
Huancabamba, donde el magistrado Edwin Culquicondor Bardales falló en contra de
las comunidades. Su argumento fue que ya había pasado mucho tiempo para iniciar
una demanda contra estas concesiones. Sin embargo, el artículo 45 del Código
Procesal Constitucional determina que si en caso hubo una vulneración de
derechos por omisión (falta de información o decisión), no existe tiempo límite
ni se ha vencido el plazo para iniciar una demanda.
“Cuando el agravio consiste en una omisión, el plazo no
transcurre mientras ella subsista”, manifiesta el artículo 45 del mencionado
código.
Por su parte, la abogada Raquel Irigoyen Fajardo, miembro
del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad y defensa legal de las
comunidades afectadas, explicó que, al no haberse aplicado una consulta previa
antes de dar las concesiones mineras, el Estado violó los derechos de los
pobladores de Ayabaca y Huancabamba.
“El juzgado de Huancabamba dijo que ya pasó mucho tiempo
del otorgamiento de estas concesiones (mineras). Por lo tanto, ya se les pasó
el plazo. El Código Procesal Constitucional dice, claramente, que no corre, no
transcurre el plazo cuando la violación del derecho consiste en una omisión, y
aquí lo que hubo es una omisión: la omisión de la consulta previa”, recalcó Irigoyen.
Raquel Irigoyen Fajardo, abogada del Instituto Nacional de
Derechos y Sociedad
Mantiene su posición
Cutivalú buscó la respuesta del juez Edwin Culquicondor,
debido a este cuestionable fallo y por la queja que interpuso la parte
demandante. A través de la Oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior
de Justicia de Piura, el magistrado Culquicondor Bardales insistió en que
denegó el recurso porque los demandantes presentaron el documento fuera del
plazo.
Ahora, será un colegiado de la Segunda Sala Civil de
Apelaciones de Piura quien deberá resolver este tema de forma.
Sin consulta previa
Raquel Irigoyen sostiene, además, que la consulta previa
también debió ser una vía legal para conocer la opinión y decisión de la
población. Pero nunca hubo ello.
“A Yanta en Ayabaca y de Segunda y Cajas en Huancabamba, el
Estado nunca les hizo la consulta previa, nunca obtuvo su consentimiento
previo, libre e informado. Sin embargo, dio 35 concesiones mineras para minería
de gran escala. Entonces, esta demanda fue presentada justamente por la
violación de este derecho en omisión de la consulta previa y en omisión de
obtener el consentimiento previo, libre e informado”, detalló la doctora en
Derecho.
Segunda vulneración: sin notificación y
cierre del proceso
A pesar de que el fallo del juez Culquicondor se dio contra
derecho, desconociendo el artículo 45 del Código Procesal Constitucional, el
magistrado también intentó dar por concluido el proceso. Tras el cuestionado
fallo, se notificó a las partes únicamente por la vía electrónica, pasando por
alto la notificación escrita y personal, según la propia Ley Orgánica del Poder
Judicial.
“Puede creer que el juez (Edwin Culquicondor) de
Huancabamba nunca jamás ha notificado por cédula a las partes? Ninguno de los
siete demandantes ha recibido en forma física la sentencia. Sin embargo, el
juez, de forma totalmente irregular y violatoria, inclusive, de sus deberes de
función, declaró extemporánea la presentación de la apelación”, expone Irigoyen
Fajardo.
Esto ha valido que las comunidades interpongan una queja
contra el magistrado Culquicondor, por resolver el caso fuera de la ley.
“Además de la queja de derecho, se ha presentado también
una queja funcional ante la Oficina de Control del Poder Judicial. ¿Por qué?
Porque esto no es sólo una cuestión de interpretación. Yo interpreto una cosa,
los jueces pueden interpretarla de otra manera; y en la sala de apelaciones se
interpreta de otro modo, ya es que es una cuestión de derecho, es una cuestión
de interpretación. Pero aquí hay una violación expresa a la ley y, además, es
una inconducta del juez. O sea, ¿cómo el juez va a declarar consentida una
sentencia y como terminado un caso si es que todavía no ha notificado por
cédula? Entonces, aquí sí hay una violación muy gruesa de su propia ley”, se
pregunta la letrada.
Retraso en la Sala de Apelaciones
La abogada también cuestionó el excesivo tiempo que se ha
tomado la sala de apelaciones para dar respuesta a la apelación presentada.
“Miren, ahí nos preocupa también porque ya pasó más de un
mes y todavía no responden”, dice Irigoyen Fajardo.
Para la abogada, la revisión del documento no debería
conllevar tanto tiempo, debido a que sólo implica una verificación de acciones
que no cumplió el juez de primera instancia.
“A quien le compete ahora es a la Corte Superior de Piura.
La Sala Civil de Apelaciones. Aquí están demorando ya más de un mes. Entonces,
aquí habría que hacer ese llamado de atención a la Corte Superior, para que
atienda esta queja. Deberían de ya responder y no dejar esto al aire. Yo sé que
aquí hay una serie de presiones. Obviamente, la empresa (Río Blanco) ha
desplegado una gran propaganda”, señala.
¿Por qué la demora?
De avanzar la revisión en apelación, el Colegiado que
asignen a este caso sólo deberá resolver el caso en el problema de forma: es
decir, los plazos. Sin embargo, el retraso genera suspicacia. Una vez resuelto
el primer punto, la decisión final debería ser que el Poder Judicial determine
que las concesiones mineras se otorgaron vulnerando los derechos de los
ciudadanos de Ayabaca y Huancabamba. Algo que, al parecer, no quieren algunos
sectores.
“Mientras haya una omisión de la consulta previa, esas
concesiones son nulas de pleno derecho. Si aquí en Piura actúan de acuerdo al
derecho, tranquilamente la Sala de Apelaciones, cuando entre al fondo, puede
decir: ¿Hubo la consulta previa? ¿El Estado pidió el consentimiento previo,
libre e informado? No. ¿Se trata de comunidades indígenas, que se les aplica
los derechos de pueblos indígenas? Sí. ¿Se ha violado, entonces, el derecho?
Sí. Por lo tanto, esas concesiones otorgadas son nulas de pleno derecho. La
evaluación ambiental del 2003 que el Ministerio de Energía y Minas aprobó
también sin consulta previa, también es nulo de pleno derecho. Son nulas,
también, los decretos que dio el Estado, aprobando la minería dentro de los 50
kilómetros de la frontera, sin consulta previa”, recalca la abogada de las
comunidades campesinas.
No darán licencia social
La representante de la Comunidad de Rondas Campesinas de
Yanta (Ayabaca), María Robledo, también se pronunció en su momento sobre este
caso. La luchadora social alertó que las concesiones mineras -como la que
actualmente tiene la empresa Río Blanco en la zona- ponen en serio riesgo a la
población, debido al intento de estas empresas que pretenden realizar
actividades de exploración y extracción en las zonas de influencia, a pesar de
no tener licencia social.
Por ello, expuso que las comunidades son autónomas y pueden
usar su libre determinación para decidir sobre sus territorios.
“El Estado existe porque el pueblo existe, de lo contrario
no existiera. Entonces, bajo ese derecho, nosotros, apegados a la Constitución,
apegados al artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
donde nos respalda verídicamente como pueblos originarios, somos capaces de
tener uso y derecho de nuestro territorio, hacer uso de nuestras costumbres y
tradiciones y, a la vez, también, hacer uso de nuestra autonomía y
jurisdicción”, afirmó Robledo.
Pero, en este proceso que busca terminar con las
concesiones mineras en la sierra piurana, pesa en la población el temor por el
posible avance del proyecto minero Río Blanco, a cargo del consorcio chino
Zijin. En este aspecto, María Robledo reiteró que este megaproyecto nunca fue
consultado con la población y que no tendrá licencia social de la comunidad.
“Por lo tanto, este megaproyecto es totalmente nulo. Bajo
la siguiente razón: Una, no fue consultado con nosotros. No hubo un permiso
social y no lo va a haber. Quiero que quede constancia esto: no va a haber
permiso social, porque nosotros estamos luchando por nuestra vida, por
sobrevivir en un territorio libre de contaminación, libre de tóxicos, libre de
todas las enfermedades”, reafirmó la luchadora social.
Cabe señalar que varios proyectos mineros, que no cuentan
con licencia ni legitimidad social, han tenido un avance peligroso en las
comunidades, debido a que el gobierno no ha defendido la autonomía de los
pueblos originarios.
Por el contrario, este gobierno sostuvo que impulsa la gran
minería, con la excusa de incrementar las inversiones en el sector. Sin
embargo, deja de lado y pisotea la libre determinación de los pueblos.
En defensa de los páramos
Los herederos de las culturas «Ayawacas» y «Huancapampas» son los únicos defensores de la vida y el agua en estos territorios. Para los ciudadanos de estos territorios, el temor es que la minería acabe con los bosques de neblina, con los páramos y las fuentes de agua que existen en las cabeceras de cuenca. Contaminadas las fuentes de agua por efecto de la minería, toda la población de la región Piura se verá afectada por la destrucción de uno de sus recursos naturales más importantes. Sin agua, la agricultura en todas sus formas se verá afectadas, tirando al sueldo el nivel socioeconómico de la población que tienen como modelo de desarrollo la agricultura. https://www.cutivalu.pe/
HIDROREGIONES PERÚ
Inicia campaña en defensa de la Reserva nacional de Paracas ante presiones de la pesca industrial
Sectores del empresariado de la pesca industrial han
buscado que se permita esta actividad en la Reserva Nacional de Paracas, una
zona protegida y altamente vulnerable, lo que ha generado la voz de alerta
entre organizaciones de pescadores, operadores turísticos, organizaciones
ambientalistas y la respuesta negativa de algunos organismos del propio Estado
peruano, como el Sernanp.
La Sociedad Nacional de Pesquería -SNP, ha argumentado que
la prohibición de la pesca industrial en áreas protegidas es ilegal y busca que
se anulen las multas impuestas a empresas pesqueras por pesca ilegal en
Paracas. Sin embargo, en opinión de científicos, académicos, exministros y
organizaciones no gubernamentales, se advierte que esta actividad tendría un
impacto negativo en la conservación de las especies y el ecosistema de la
reserva.
Por otra parte, antes de que terminara el 2024, el
ministerio de Producción (Produce) presentó un proyecto de decreto supremo para
que la pesca industrial dentro de las áreas naturales protegidas deje de ser una
infracción, y de esa manera ya no sea sancionada.
En nuestro país, la pesca industrial al interior de las
áreas protegidas, cualquiera sea su nivel de protección, está prohibida desde
2001 por el reglamento de la ley de áreas naturales protegidas. Sin embargo, es
el ministerio de la Producción la entidad competente para sancionar cualquier
actividad ilegal de pesca.
Cabe recordar que, en octubre de 2023, la SNP le pidió al
Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp) que le permita pescar
a nivel industrial en la reserva. Ante la negativa, la SNP demandó
judicialmente al Sernanp a inicios de enero de 2024, pero fue rechazada por la
Corte Superior de Justicia. En respuesta al fallo, la SNP insistió, esta vez
ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de
la Propiedad Intelectual (Indecopi), para que declare a la prohibición que
impide pescar a mayor escala en áreas protegidas como una “barrera burocrática
ilegal y/o carente de razonabilidad”.
Los riesgos
Diversos especialistas y organizaciones han advertido del
peligro que esto representa, por diversas razones. Una de las principales es
porque esta zona es un ecosistema frágil. Alberga a muchas especies vulnerables
y al reducirse el alimento para aves y mamíferos marinos, se van a alterar los
ciclos biológicos esenciales.
La anchoveta, recurso principal de la flota industrial, es
la base alimenticia de más de 50 especies marinas, incluyendo a la corvina,
lenguado, jurel y caballa. Estudios del Instituto del Mar del Perú -IMARPE
advierten que la pesca industrial generaría la captura de juveniles, y su
extracción masiva también reduciría la disponibilidad de alimento para aves
guaneras, lobos marinos y pingüinos de Humboldt, rompiendo el equilibrio del
ecosistema.
El SERNANP determinó que la actividad industrial afectaría
la migración y reproducción de especies como el lobo marino fino, cuya
población depende de la alta disponibilidad de alimento en la reserva.
Es por ello que CooperAcción, junto a SOA Perú, la Federación
de Pescadores Unificado del Norte del Perú – FEPUN (Lambayeque), la Asociación
de pescadores artesanales y extractores de mariscos “Enmanuel Laguna Grande”,
la Asociación de Extractores de Mariscos Adulto Mayor del Sector Laguna Grande
Pisco y la Red de Pesquería Artesanal Sostenible – Red PAS, han iniciado una
campaña comunicacional denominada: Paracas sin pesca industrial, para advertir
de los serios riesgos que implica que esta actividad ingrese de manera abierta
a esta zona de tanta importancia ecológica para el Perú.
En los próximos días, seguirá saliendo a través de nuestras
redes más información y testimonios al respecto de los riesgos de que la
actividad pesquera industrial ingresa a la Reserva Nacional de Paracas. https://cooperaccion.org.pe/
Municipalidades de regiones de Cusco, Arequipa y Puno van por Canon Hídrico
La crisis hídrica golpea a los pobladores de las zonas altas de las regiones de Arequipa, Cusco, Puno, donde nacen las cuencas de agua que abastecen a las ciudades.
Los pobladores dedicados a la
crianza de camélidos sudamericanos advierten que sus bofedales, manantiales y
puquios han perdido el 50% de su caudal, producto de la desglaciación y el
cambio climático.
El alcalde de Callalli, Juan
Taype, junto a sus pares de Condoroma (Cusco), Vladimir Peña, y de San Antonio
de Chuca, Elizabeth Choque, coincidieron en que hace apenas una década el agua
subterránea alcanzaba hasta octubre, pero hoy, en agosto, ya no tienen el agua
suficiente. Esta escasez ha provocado la mortandad de animales, pérdida de
pastizales y la reducción forzada de sus ganados.
Frente a este panorama, Taype
pidió al Gobierno acelerar la reglamentación de la Ley N.º 31720, Ley del Canon
Hídrico, que establece una compensación económica a las poblaciones afectadas
por el represamiento de aguas. Este canon sería pagado por los usuarios de agua
potable de cada región, a través de los recibos administrados por las Empresas
prestadoras de servicio, como Sedapar en caso de Arequipa.
REUNIÓN
Con el objetivo de definir
acciones concretas en defensa del agua y de las fuentes donde nacen este recurso,
la Mancomunidad Interregional de Integración Cusco, Arequipa y Puno ha
convocado a una reunión interregional el 20 de agosto en San Antonio de Chuca
(Caylloma). “Queremos preservar el recurso hídrico y garantizar la vida en las
cabeceras de cuenca”, indicó Vladimir Peña, presidente de la mancomunidad.
Los temas a debatir serán el
canon hídrico, el programa nacional de asistencia para los actores sociales en
las cabeceras de cuenca, creación de juntas de usuarios de aguas en cabecera de
cuenca, la conformación de una mesa técnica, entre otros. https://diariocorreo.pe/
Cusco: incendios forestales pueden afectar los servicios de agua potable y saneamiento
En lo que va de este año la
región Cusco ha reportado alrededor de 100 incendios forestales y esa situación
compromete la calidad y continuidad de los servicios de agua potable y
saneamiento en dicho departamento, advirtió hoy la Superintendencia Nacional de
Servicios de Saneamiento (Sunass).
“Los incendios no solo destruyen
la vegetación, también alteran el equilibrio de los ecosistemas. El suelo
pierde capacidad de retención hídrica, lo que reduce la recarga de acuíferos y
aumenta la escorrentía superficial. Además, las cenizas y sedimentos pueden
contaminar las fuentes de agua, obligando a las empresas prestadoras a
intensificar el tratamiento, lo que eleva los costos operativos”, explicó
Fernando Chiock Chang, especialista en gestión de riesgos y adaptación al
cambio climático de la Sunass.
Sostuvo que, a
corto plazo, la pérdida de cobertura vegetal facilita el arrastre de sedimentos
durante las lluvias, afectando la calidad del agua cruda. A largo plazo, la
regeneración limitada de las áreas quemadas puede comprometer la disponibilidad
del agua para las comunidades. También existe riesgo para la infraestructura de
saneamiento, especialmente si los incendios ocurren cerca de redes o plantas de
tratamiento.
Ante esta
situación, la Sunass brinda asesoramiento técnico a las empresas prestadoras
(EPS) para diseñar planes de gestión reactiva y garantizarse, mediante la
tarifa, el financiamiento de medidas preventivas como la protección de la
infraestructura, monitoreo de fuentes o fortalecimiento de capacidades locales.
Por último, la
Sunass ratificó su compromiso de continuar trabajando articuladamente con la
EPS, prestadores rurales y autoridades locales, para promover la protección de
las fuentes de agua y la sostenibilidad de los servicios de saneamiento en Cusco
y a nivel nacional y enfrentar los desafíos del cambio climático. https://andina.pe/
“Defender el Agua es Defender la Vida”




