20/9/23

Paquetazo ambiental: Oefa perdonó en dos años más de 10,4 millones de soles en multas a 18 mineras - Hidroboletín Fentap 4304

 Miércoles, 20 de setiembre de 2023 – Año XVII – Edición 4304 http://hidroboletinfentap.blogspot.pe


Paquetazo ambiental: Oefa perdonó en dos años más de 10,4 millones de soles en multas a 18 mineras

Convoca.pe analizó las resoluciones sancionadoras emitidas por el Oefa en el 2021 y 2022 contra empresas extractivas y encontró que en 21 casos se aplicó la norma para reducir o exonerar de multas a 18 grandes y medianas mineras que operan en el país. Las más beneficiadas fueron Santa Rosa, Concepción Industrial y Buenaventura

La Ley 30230, más conocida como la Ley del Paquetazo Ambiental, que fue impulsada por el gobierno de Ollanta Humala, aún genera perjuicios al Estado y a la política ambiental pese a que ya han pasado cinco años desde que fue derogada. Solo entre los años 2021 y 2022 el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa) emitió 18 resoluciones de sanción en las que aplicó una reducción del 50% sobre los montos de las multas, perdonando un total de 10 millones 450 mil soles a empresas mineras.

En otras tres resoluciones, el Oefa aplicó la controvertida norma para no hacer ningún cálculo de las multas, pese a haber detectado infracciones ambientales.

Como se recuerda, en julio del 2014, durante el gobierno nacionalista, se publicó la Ley 30230, que estableció medidas tributarias para dinamizar la inversión privada en el país. Esta iniciativa, presentada por el Ejecutivo y aprobada por el Congreso, recibió el nombre de 'Paquetazo Ambiental'.

Como se recuerda, su artículo 19 ordenaba que por un periodo de tres años las multas que imponía el Oefa por incumplimientos a las disposiciones ambientales no debían superar el 50% del valor original de la multa. En otros casos, pese a encontrar incumplimientos ambientales, la entidad no imponía ninguna sanción monetaria porque no realizaba el cálculo del monto a pagar.

Cuando la vigencia de esta norma cumplió un año, una investigación de Convoca.pe reveló sus efectos nocivos al revelar que 49 empresas mineras infractoras fueron entonces beneficiadas con el descuento de multas. El beneficio total que obtuvieron por estas exoneraciones era, hasta ese momento, de 30,9 millones de soles.

Años después, en abril de 2017, tres meses antes del plazo máximo de la ley, el mencionado artículo 19 fue derogado por el Pleno del Congreso. Sin embargo, esto no significó el fin de la aplicación de esos descuentos y exoneraciones, pues las compañías extractivas han seguido utilizándola para evadir los pagos hasta hoy.

El abogado Henry Carhuatocto, experto en industrias extractivas del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y del Desarrollo Sostenible, precisa que en la actualidad solo podría aplicarse esa norma para reducir o eliminar multas por infracciones cometidas entre julio de 2014 y abril 2017, tiempo de vigencia de la Ley 30230.

"Se puede apreciar hasta la fecha el impacto nocivo del artículo 19 de la Ley 30230, que al contrario de desincentivar las infracciones ambientales favoreció a las empresas infractoras. Esto generó un alto grado de impunidad", dijo el abogado.

Beneficiadas

El equipo de análisis de datos de Convoca Deep Data leyó las más de 263 resoluciones de sanción firmes contra empresas extractivas emitidas por la entidad fiscalizadora entre 2021 y 2022. Entre estos documentos, encontró 21 casos de 18 compañías, todas mineras, beneficiadas por los descuentos y exoneraciones.

En su mayoría, estas resoluciones están relacionadas al incumplimiento de medidas correctivas impuestas por Oefa por infracciones detectadas durante la vigencia del 'Paquetazo Ambiental'. Las disposiciones se incluyeron en resoluciones de primera instancia, pero años después la institución descubrió que las mineras no las implementaron.

Son tres las empresas mineras que han sido las más beneficiadas por el descuento de 50% por parte del Oefa: Buenaventura, Santa Rosa y Concepción Industrial (ahora Sierra Poli S.A.). Cada una tiene dos resoluciones de sanción en las que se aplicó la reducción.

Buenaventura fue objeto de estas dos resoluciones de sanción en 2021 y 2022. Sumaban 1 millón 581 mil 805 soles, pero con el recorte el monto de lo adeudado bajó a 790 mil soles.

La multa más alta está referida a su operación en la unidad minera Surichata, ubicada en el departamento de Puno. Esta sanción está vinculada al incumplimiento de medidas correctivas que el Oefa le exigió en 2018, a consecuencia de cuatro infracciones ambientales cometidas en 2016.

Oefa calculó solo esta multa en 311,2 unidades impositivas tributarias del 2022, lo que supera la cifra de 1 millón 431 mil soles. Sin embargo, determinó que como las infracciones consignadas en la resolución habían sido detectadas durante la vigencia de la norma del “paquetazo ambiental” se debía reducir al 50%, es decir a 155 UIT, que da un total de 715 mil 803 soles.

En el caso de la Minera Santa Rosa, que es una de las mineras más infractoras de los años 2021 y 2022, debió recibir por sus sanciones un total de 4 millones 111 mil 48 soles, pero con el beneficio de la norma del Paquetazo Ambiental esta se redujo a 2 millones 297 mil 228 soles.

La sanción por la que Santa Rosa recibió el mayor descuento fue emitida en diciembre de 2021 por el incumplimiento de medidas correctivas que Oefa le dictó en 2019, cuando detectó cinco conductas infractoras en su unidad minera de Chuco, en La Libertad.

Fueron un total de cinco disposiciones que buscaban que la minera adoptara medidas para evitar que el agua de la mina y de las filtraciones de un botadero no afectaran la calidad del suelo y de las aguas subterráneas. Sin embargo, el ente fiscalizador determinó que no cumplió con ellas. La multa que le correspondía por ello era de 874 unidades impositivas tributarias (un total de 3 millones 849 mil 731 soles), pero con beneficio solo tuvo que pagar 1 millón 924 mil 868 soles.

La desaparecida Concepción Industrial S.A.C., que operaba la mina de zinc Azulcocha y que fue adquirida por Sierra Poli, es otro caso de este beneficio por partida doble. Oefa emitió en su contra dos resoluciones de sanción que sumaban los 2 millones 733 mil soles, pero la disminuyó a 1 millón 366 mil 586 soles.

Una de estas se sustentó en infracciones detectadas durante una inspección en diciembre de 2015. En ese entonces el organismo detectó que Concepción Industrial instaló diez componentes de infraestructura en su unidad minera. Estas no se encontraban en su Instrumento de Gestión Ambiental (IGA), documento que es aprobado y controlado por la autoridad.

En esa primera resolución, el Oefa no impuso ninguna sanción monetaria a Concepción Industrial, pero sí le ordenó como medida correctiva que la empresa solicite al Ministerio de Energía y Minas que se incorporen esos componentes a su plan ambiental.

Años después, en junio de 2019, la unidad minera Azulcocha fue vendida al holding peruano Sierra Sun Group S.A.C, que la administra a través de la empresa Sierra Poli S.A.C. Con el nuevo operador, la mina Azulcocha cambió de nombre a Sierra Sumaq Rumi.

Sin embargo, según la resolución sancionadora, de julio de 2022, no cumplió con acreditar el cumplimiento de la medida correctiva. Además, el MINEM emitió un pronunciamiento desaprobatorio del plan ambiental de Azulcocha, que solicitó la nueva empresa operadora Sierra Poli S.A.C.

Por ello, Oefa concluyó que la compañía incumplió la medida correctiva y calculó una multa de 573 UIT, más de 2 millones 637 mil 584 soles. No obstante, con el descuento terminó debiendo solo 1 millón 318 mil 792 soles.

La exoneración total de las multas

Como ya se adelantó, del análisis realizado por el equipo de Convoca Deep Data también se encontró que en tres casos la entidad fiscalizadora no hizo el cálculo de monto imponible y tampoco impuso multas.

Este es el caso de las mineras Yanacocha, Nexa Resources Atacocha y Consorcio De Ingenieros Ejecutores Mineros. En sus operaciones, el Oefa sí detectó infracciones, pero no estableció sanciones. Indicó que las infracciones no generan "daño real a la salud o vida de las personas" ni se trataban de actividades sin certificación ambiental o en zonas prohibidas.

La sanción sin multa a la Minera Yanacocha se emitió en junio de 2021 y tiene que ver con una evaluación ambiental realizada en la unidad Chaupiloma Sur, en la provincia de Cajamarca, entre abril y julio de 2017. En esa inspección se detectaron cuatro presuntas infracciones.

Una de las infracciones determinadas fue que Yanacocha no adoptó medidas de prevención para evitar la alteración de la calidad del suelo por el traslado de material minero a un botadero de desmonte. La entidad advirtió que dos áreas cercanas debajo de esa zona de desechos tenían altas concentraciones de arsénico y plomo, metales pesados peligrosos para la fauna, flora y la salud humana. La erosión del desmonte de las lluvias arrastraba los elementos tóxicos del botadero y cubría el suelo natural de la zona.

Por otro lado, en abril de 2021, Oefa también "sancionó" pero no multó a la minera Nexa Resources Atacocha S.A.A., que extrae zinc y oro en la provincia de Pasco, por encontrar que en el año 2017 incumplió con la difusión trimestral de los monitoreos ambientales. Además, no cumplió con dos compromisos sociales en el área de influencia de su operación.

La empresa Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros, que opera la minera Las Águilas en la provincia de Lampa, en Puno, fue identificada como responsable por incumplir dos obligaciones ambientales. Superó los límites máximos permisibles para efluentes mineros de cadmio y zinc en abril, mayo y junio de 2017.

Además, la compañía no cumplió con presentar ante el Ministerio de Energía y Minas los reportes de monitoreo de los efluentes del primer trimestre del 2017 en uno de los puntos de control de emisiones.

Sobre las sanciones con los descuentos aplicados a empresas mineras por el incumplimiento de las medidas correctivas, Carhuatocto indicó que pese a que años después se hayan emitido multas con el incumplimiento de las recomendaciones del Oefa "el daño ya está hecho". "Durante los años que están en litigio administrativo, las mineras no han cumplido y han ahorrado costos al no aplicar las medidas correctivas", concluyó el especialista.

Convoca.pe envió preguntas al Oefa para conocer si cuentan con un cálculo estimado de casos en los que apliquen los descuentos o exoneraciones de la Ley 30230 y que aún están pendientes de ser resueltas. También si las empresas que han sido beneficiadas han cumplido o no con el pago de las multas reducidas. Pese a que la entidad indicó que responderían, hasta la publicación de este informe no envió sus respuestas. https://convoca.pe/

 


HIDROREGIONES PERÚ

Arequipa: Sedapar propone que Cerro Verde pague con obras por agua tratada

El costo del agua que sale de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) La Enlozada en Arequipa, tendría un valor de comercialización de 3.63 dólares por metro cúbico.

Es el monto que ha sido establecido por la empresa Sedapar, luego de diversos estudios y que se le propondrá a la empresa minera Cerro Verde. La compañía construyó la PTAR y la puso en funcionamiento en 2015 y desde esa época ha venido utilizando 1 m3/s de agua tratada sin pagar costo alguno, aduciendo que aún no había una tarifa establecida.

Así quedó determinado en el quinto convenio específico que se suscribió entre Sedapar y la minera.

Junta de Accionistas

El lunes último se realizó la Junta General de Accionistas de Sedapar, en la que se expuso la consultoría que mandó a realizar Sedapar, tras la cual se determinó el monto de $ 3.63 por m3.

Carlos Monje Medrano, gerente general de Sedapar, expuso la propuesta. La empresa de saneamiento plantea que el monto que Cerro Verde tendría que pagar, producto del cálculo, sería de 4.103 millones de dólares. Tras el reconocimiento de lo que ya invirtió la minera, el ingreso neto para Sedapar quedaría en 3.112 millones de dólares.

Monje explicó que la propuesta se centra en una contraprestación: en vez de abonar este millonario monto a Sedapar, la empresa asumiría una serie de obras, que debería hacer la compañía de saneamiento, como represas, cambio de redes, proyectos integrales de saneamiento, entre otras. Todas las obras serían por este monto. Monje dijo que con ello no quieren evadir su responsabilidad de hacer obras, sino que reconocen que el Estado es ineficiente y lento para ejecutar las mismas.

La minera ya conoce este planteamiento, e incluso hizo una contrapropuesta la misma que fija el monto en 1.61 dólares por metro cúbico. "Esta indica que sigan operando la planta, construir la segunda etapa y también su operación y mantenimiento", dijo el gerente de Sedapar.

Votos de alcaldes por propuesta

El alcalde provincial de Arequipa, Víctor Hugo Rivera Chávez, quien es el presidente de la junta de accionistas, votó a favor de la propuesta. Por tener la mayor parte del accionariado, esta quedó consentida.

Además de él, solo asistió de manera presencial el alcalde provincial de Caravelí, Roberto Soto Riveros. De forma virtual estuvo el alcalde de Condesuyos. El resto brilló por su ausencia, incluso virtual. https://larepublica.pe/

 


LIMA PERÚ

Nueva esperanza en VMT sigue sin agua: Sedapal paraliza obra de saneamiento

Un clima de descontento e incertidumbre ha estallado entre los residentes de Nueva Esperanza en Villa María del Triunfo, ya que el tan esperado servicio de saneamiento de agua y alcantarillado podría no llevarse a cabo. Una madre angustiada, obligada a consumir agua de mala calidad debido a la falta de alternativas, es una de las muchas caras de este problema.

Panamericana Televisión llegó hasta el asentamiento humano de Nueva Esperanza, donde corroboró no existe un sistema adecuado de suministro de agua potable ni de alcantarillado. La única opción para los residentes es pagar semanalmente a una empresa privada para obtener algo de agua. El asentamiento ha estado luchando por un suministro de agua potable durante años. Y justo cuando parecía que su petición estaba siendo atendida, una controversia amenaza con arruinar todas las expectativas.

SUEÑO FRUSTRADO

Hace dos años, el Consorcio San Miguel comenzó a ejecutar un proyecto para implementar más de 8500 conexiones de agua y alcantarillado. La obra tiene el objetivo de beneficiar a los residentes de Villa El Salvador, San Juan de Miraflores y Villa María del Triunfo. Sin embargo, este año el proyecto se tambalea. Sedapal, la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima, impuso dos penalizaciones al consorcio. Según el consorcio, estas penalizaciones también involucraron la deducción de una importante valorización, lo que impactó el presupuesto destinado al pago de los trabajadores. Como resultado, 200 trabajadores fueron despedidos. Otros trabajadores, atemorizados e inciertos sobre su posición, han empezado a movilizarse en apoyo al consorcio. Muchos de los empleados, padres de familia que han trabajado en el proyecto durante más de dos años, temen que sus puestos de trabajo estén en riesgo.

Una de las dos penalizaciones ya ha sido resuelta, pero la segunda todavía está pendiente. Aunque el trabajo en el proyecto aún no se ha detenido, la empresa mantiene que las penalizaciones impuestas por Sedapal han sido muy dañinas. Como resultado, la compañía está exigiendo la eliminación de estas deducciones. Mientras tanto, los residentes de Nueva Esperanza aguardan con ansias la continuación del proyecto. Se espera que la obra se concluya en 2025. Se solicitó una respuesta de Sedapal sobre este tema, pero no quisieron comentar al respecto. https://panamericana.pe/

 


Contraloría denuncia pago de indemnizaciones irregulares a exfuncionarios de SEDAPAL

La Contraloría detectó una pérdida valorizada en S/ 2 261 460 en Sedapal debido a que funcionarios de dicha empresa del Estado pagaron irregularmente indemnizaciones por retiro de confianza a trabajadores que fueron designados directamente (sin concurso público de méritos) en cargos de confianza y de dirección.

Según el Informe de Control Especifico N° 16098-2023-CG/VICOS-SCE, cuyo período de evaluación va del 1 de enero de 2017 al 30 de abril de 2023, dichos pagos fueron justificados como “Indemnización especial según artículo 38 de la Ley N° 728” pese a no constituirse como despedidos arbitrarios.

DESIGNADOS DIRECTAMENTE

Al respecto, Ley de Productividad y Competitividad Laboral señala que un trabajador tiene derecho a la indemnización como única reparación por el daño sufrido solo si el despido es arbitrario, es decir, por no haberse expresado causa objetiva derivada de la conducta y/o capacidad del trabajador.

Sin embargo, este caso dicha ley no alcanzaba a los extrabajadores de Sedapal, ya que fueron designados directamente, por lo que el retiro de confianza o su remoción es una facultad discrecional de la entidad, entonces no generaba derecho de indemnización por despido arbitrario. https://panamericana.pe/

“Defender el Agua es Defender la Vida”

http://hidroboletinfentap.blogspot.pe