Miércoles, 17 de enero de 2024 – Año XVII – Edición 4386
SUNASS impone multas y sanciones a EPS Tacna por falta en atención al cliente y más
Esto explica mucho. Un proceso
administrativo sancionador a la EPS fue impuesto por la SUNASS debido a que no
implementaron adecuadamente el plan de purga de redes (limpieza de tuberías)
durante el 2023. Además, son otros cuatro procesos los que también culminaron
el año pasado. Fueron 1.5 UITs de sanción aproximadamente las que se impuso a
la empresa.
Ante la falta de atención a las
quejas e ineficiencia en la atención al cliente, el jefe de la oficina
desconcentrada de SUNASS Tacna, ingeniero Gerardo Alania, informó que se le
impuso la multa de 0.03 UITs por no implementar canales de atención para atender
reclamos particulares y generales.
Como se sabe, un total de 244
sanciones fueron impuestas a 42 de las 50 empresas dedicadas al servicio de
agua potable y alcantarillado en Perú durante el 2023, así informó la
Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).
La mitad de estas sanciones se
fijaron debido a un incumplimiento de medidas correctivas, mientras que un 15%
se asignaron por la falta de remisión y/o difusión de información y un 11% por
incumplimiento de metas de gestión. https://radiouno.pe/
HIDROREGIONES PERÚ
Piura: Expediente de obra de la EPS Grau hace agua
La Contraloría General detectó
presuntas irregularidades en expediente de la obra de rehabilitación de redes
de agua potable y alcantarillado para el asentamiento San Pedro, en el distrito
de Piura, donde se invierte 8’169,898 soles, cuyo proyecto estará a cargo de la
Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento – EPS Grau y es financiada por
el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
De acuerdo al Informe de Control
Simultáneo 029-2023-OCI/3470-SCC, a través del Órgano de Control Institucional
(OCI) de la EPS Grau, advierte que los documentos del expediente técnico
publicado en la web del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado
(Seace) no cuentan con la firma ni el sello de los profesionales responsables
que tuvieron a cargo su elaboración y revisión, por lo que se pone en duda la
veracidad y legalidad del expediente de la obra de rehabilitación para el A.H
San Pedro.
Sin embargo, en una resolución
de gerencia regional se menciona que el expediente técnico fue elaborado por el
ingeniero Jair Calderón Ipanaqué, proyectista del Departamento de Estudios de
Inversión; y fue revisado por el ingeniero Darwin Estrada, jefe del
Departamento Estudios de Inversión de la Gerencia de Ingeniería, quien además
otorgó su conformidad. Asimismo, advierten que, pese a que los ingenieros están
habilitados, son profesionales en ingeniería civil, pero para este proyecto, se
necesitaba de especialistas en Ingeniería Sanitaria, conforme lo estipula la
norma.
En otra de las observaciones, la
comisión de auditores de la Contraloría también señala que los términos de
referencia de las bases integradas establecen requisitos de calificación del
perfil profesional del personal clave que no se ajustan a los establecidos en
la ficha de homologación aprobada por el Ministerio de Vivienda, generando
transgresión a la normativa de contrataciones, además pone en riesgo de afectar
el principio de competencia efectiva entre los postores.
Advierten que en el caso del
“especialista ambiental”, las bases no exigen la formación académica de
ingeniero de mecánica de fluidos, siendo requisito en la ficha de homologación,
por lo que no se estaría cumpliendo con lo solicitado para este importante
proyecto, que beneficiará a miles de familias de este asentamiento de Piura.
En tanto, el informe de control
señala que no se habría considerado supuestos de aplicación que permitan
establecer penalidades objetivas para la contratación de la empresa a ejecutar
este proyecto.
Ante esta situación, la
Contraloría sostuvo que se pondría en riesgo que la entidad ejecutora no pueda
aplicar las penalidades contra la empresa contratista en caso se presenten
incumplimientos injustificados de sus obligaciones contractuales. https://diariocorreo.pe/
Gerente del PEHCBM aclara sobre contaminación en sector el Mono y la Gata en ACR Cordillera Escalera
El PEHCBM
no es el ente competente de realizar una sanción es el ALA y el ARA, quienes
debían actuar respecto a esta contaminación medioambiental.
En redes
sociales, se está denunciando la contaminación de un sector del Área de
Conservación Regional Cordillera Escalera por parte de un centro turístico y
restaurante conocido como “El Mono y la Gata”.
El
gerente general del PEHCBM Javier Sinti Flores, entidad que administra el ACR
Cordillera Escalera, señaló que tomaron conocimiento que se está vertiendo
aguas servidas en una cuenca que va dar en el río Ahuashiyacu, que es un tema
de contaminación.
Señaló, además, que como Proyecto Especial Huallaga
Central y Bajo Mayo, a través de
Cordillera Escalera y la Dirección de Medio Ambiente, lo que corresponde es hacer un informe y enviar conjuntamente a
la Procuraduría y a la Fiscalía de
Prevención del Delito, por el hecho que el PEHCBM no es el ente competente de
realizar una sanción correspondiente porque es la Autoridad Local del Agua ALA y la Autoridad Regional Ambiental
ARA, quienes debían actuar respecto a
esta contaminación medioambiental.
“Se está
coordinado con el jefe del ACR Cordillera Escalera Queny Pinedo un informe
completo con las evidencias del caso y vamos a informar a la Procuraduría
conjuntamente con la fiscalía de Prevención del Delito para que iniciar un
proceso legal, si corresponde”.
Se
informa además que los guardaparques hicieron la verificación in situ. Respecto
al Mono y La Gata, se indica que fueron posesionarios antes de la creación del
ACR Cordillera Escalera, pero el presunto delito está evidente, nadie les
prohíbe realizar su negocio, pero también hay un tema de responsabilidad en
cuidar el medio ambiente. https://diariovoces.com.pe/
Ucayali: PJ ordena a secta religiosa ‘menonita’ paralizar la deforestación en su territorio
El
Juzgado de Investigación preparatoria transitoria de Delitos Ambientales de la
Corte Superior de Justicia de Ucayali dispuso una medida relevante frente a la
presunta existencia de tala indiscriminada en la selva de Ucayali. Se trata de
una medida cautelar aprobada que busca proteger el territorio forestal que
ocupan los asociados de la Colonia Menonita Cristiana Agropecuaria Masisea, más
conocidos como “menonitas”.
Como se
sabe, en octubre del 2023, el Ministerio Público, a través de la Segunda fiscalía
provincial Especializada en Materia Ambiental de Ucayali; dio inicio a una
investigación en contra de los miembros de la colonia menonita por la presunta
comisión del delito contra los Recursos Naturales, en la modalidad de Delito
contra los Bosques o Formaciones Boscosas y Alteración del Ambiente o Paisaje.
Ello,
luego de que se advirtiera que dicha agrupación había estado construyendo una
trocha carrozable en los terrenos que adquirieron; los cuales están ubicados
dentro de la Comunidad Nativa Caimito; en el distrito de Masisea, en Ucayali.
Según la
resolución judicial a la que Infobae Perú tuvo acceso y que data del último 8
de enero, esta trocha carrozable estaría generando la deforestación de un área
aproximada de 50 mil metros cuadrados; mediante la presunta tala ilegal de una
parte del bosque ucayalino de “20 metros de ancho por una longitud aproximada
de 2.5 kilómetros”.
Si bien
las pesquisas en contra de la comunidad menonita se encuentra en un estado de
investigación preparatoria, el juez a cargo de la sala, Omar Magno García
Zavaleta resolvió declarar fundada la solicitud del fiscal Vladimir Rojas
Arellano; ordenando la “suspensión inmediata de actividades extractivas,
depredadoras, y cese de construcción de trocha carrozable (...) donde se
estarían continuando con actividades de desbosque y tala ilegal”.
La orden
del juzgado, a cargo de García Zavaleta, contempla que esta medida cautelar de
paralización sea respetada “durante el tiempo que duran las investigaciones o
eventualmente, todas las etapas procesales penales”. Esto incluye también el
periodo del juicio oral, de llegarse a dicha etapa.
En ese
sentido, el juez Magno García exhortó “al Juzgado de Paz Letrado de Masisea, a
efectos de que, de acuerdo a la agenda de su juzgado, señale la fecha para la
diligencia y ejecución de la presente medida”; a fin de notificar una copia de
la resolución a cada una de las partes implicadas. Esto quiere decir, que tanto
los ciudadanos menonitas como el fiscal que requirió la medida cautelar sean
debidamente notificados por la autoridad judicial de dicha comunidad.
Juez
confirmó existencia de trocha carrozable y presuntas actividades ilegales
En la
resolución, el juez Margno García detalló entre los motivos que justificaron la
medida, se encontraba la existencia de una serie de copias certificadas y actas
de la Diligencia de Constatación Fiscal. Estos documentos, a los que García
Zavaleta les da la razón, advierten que “efectivamente, se estarían realizando
actividades de extracción; así como actos que estarían afectando y teniendo
gran impacto ambiental negativo”.
De hecho,
durante la constatación fiscal, el juez señaló que “se logró advertir una
trocha carrozable en construcción aproximadamente de 20 metros de ancho por un
largo aproximado de 2.5 kilómetros; asimismo, se advirtió una vivienda con
acopio de trozas de madera de las especies Lupuna y Estoraque.
Como
resultado, el magistrado de la Corte Superior de Ucayali consideró que “existen
suficientes elementos de convicción que justifican la adopción de la medida de
suspensión inmediata de la actividad contaminante, extractiva o depredadora”.
“Al estar
acreditada la existencia no solo de la verosimilitud del derecho invocado, y el
peligro en la demora, sino también la existencia de una razón justificable,
teniendo en cuenta que este tipo de medida cautelar constituye una medida
necesaria y complementaria hasta el dictado de la sentencia condenatoria
resulta pertinente ampararla”, dicta el fallo de García en favor de la medida. https://www.infobae.com/
“Defender el Agua es Defender la Vida”