Jueves, 16 de julio de 2020 – Año XIV – Edición 3516 – http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
HIDROBOLETÍN FENTAP
La FENTAP informa:
·
PERÚ
- Modifican requisitos para el bono a trabajadores con suspensión perfecta:
¿Quiénes serán los beneficiados? Ministerio de Trabajo detalla que se han
aprobado menos de 1.700 solicitudes, mientras que más de 6.500 fueron denegadas
·
PERÚ
- Carlos Lozada: la hoja de vida del nuevo ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento
·
PERÚ
– Presidencia del Consejo de Ministros corrige reseña del Ministro de Trabajo y
borra nombre de estudio de abogado que asesoró a Odebrecht
·
CHILE
- Designan dos nuevos humedales de importancia internacional
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Ministerio de Trabajo detalla que
se han aprobado menos de 1.700 solicitudes, mientras que más de 6.500 fueron
denegadas
El Ejecutivo modificó –vía decreto supremo 017-2020-TR– los
requisitos para que los trabajadores bajo la figura de suspensión perfecta de
labores (o licencia sin goce de haber) accedan a la prestación económica de
protección social de emergencia ante la pandemia del coronavirus.
Pamela Navarro, directora del Área Laboral de Philippi
Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, explicó que esta norma básicamente
elimina la referencia de que estas prestaciones son únicamente para la
microempresa, sino que también se extiende a empresas de otros tamaños hasta
cierto límite de trabajadores.
“Anteriormente, entendíamos que esta norma era para quienes
no percibían Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), pero ahora se cambia
esta métrica y se hacen otras precisiones adicionales”, indicó Navarro.
1. ¿Qué requisitos deben cumplir los
trabajadores?
Se dispone que accederán a este subsidio los trabajadores
de las empresas que, además de no contar con más de 100 empleados, les haya
sido aprobada su solicitud de suspensión, no perciban una remuneración bruta
mayor a los S/2.400 (considerando comisiones, entre otros ingresos variables) y
no hayan sido beneficiados –ni sus familiares directos– de otros bonos.
2. ¿Qué cambios alcanzan a las empresas?
Debido a que uno de los requisitos está vinculado al número
de trabajadores, la norma establece que se utilizará la última información
disponible según la Planilla Electrónica que se remite a la Sunat.
3. ¿Cuántos se beneficiarán?
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)
estima alrededor de 100.000 beneficiados. La entidad detalló a El Comercio que,
hasta el 7 de julio, se recibieron 30.000 solicitudes para aplicar este
mecanismo. De este total, 1.364 fueron aprobadas; 6.546 desaprobadas; y 337
carecen de objeto.
4. Observaciones de especialistas
Javier Dolorier, socio de Gálvez & Dolorier Abogados,
sostiene que son arbitrarios los requisitos fijados del tope salarial y el
número de empleados. Por el lado del límite de trabajadores indicó que hay
empresas que superan el número y, de igual modo, se les han aplicado la
suspensión perfecta de labores. Mientras que sobre la remuneración señaló que
las personas que perciben más de S/2.400 también tienen obligaciones, cuyos
pagos se imposibilita si se les ha aplicado la suspensión perfecta.
“Nos debemos basar en criterios objetivos, pero no los veo
por el lado de los 100 trabajadores ni el tope del sueldo. ¿Acaso los que ganan
S/2.500 y tienen la suspensión perfecta no tienen gastos que cumplir?”, criticó
Dolorier.
Por su parte, Navarro alertó sobre desfases en la
plataforma del ministerio, pues las resoluciones de las apelaciones sobre las
suspensiones perfectas demorarían hasta una semana en actualizarse.
Asimismo, subrayó que los plazos para atender las
solicitudes y apelaciones deben agilizarse a fin de no perjudicar a los
trabajadores.
“La prestación [bono] está pensada porque habrá meses donde
no recibirás sueldo. Pero considerando plazos [de las apelaciones] son más o
menos dos meses [más] que te quedas sin sueldo y sin prestación hasta que se
resuelve [si se aplica o no la suspensión]. Este tema es importante”,
puntualizó Navarro.
“Lo que existe es un descontrol, un caos, en definitiva. No
hubo una planificación [sobre las suspensiones perfectas]. Dentro de la cadena,
[esta norma con modificaciones] es un desacierto más”, añadió Dolorier. https://elcomercio.pe/
LIMA PERÚ
Carlos Lozada: la hoja de vida del
nuevo ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
El ingeniero civil por la
Universidad Nacional de Ingeniería, Carlos Lozada Contreras, asume la cartera
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Vea aquí la
galería fotográfica
Lozada Contreras se desempeñó
como ministro de Transportes y Comunicaciones de febrero a julio de este año.
Fue director ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte
Nacional desde abril del 2018.
Cuenta con estudios de maestría
en Transportes por la Universidad Nacional de Ingeniería, así como estudios de
especialización de Finanzas en la Universidad Esan y en Proyectos de Inversión
Pública en la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Tiene más de 15 años de
experiencia profesional como consultor externo para el Banco Internacional para
la Reconstrucción y Fomento (BIRF), como parte del equipo de consultores a
cargo de la preparación del Proyecto de Transporte Urbano para el Área
Metropolitana de Lima y Callao, entre otros. https://andina.pe/
PCM corrige reseña del Ministro de
Trabajo y borra nombre de estudio de abogado que asesoró a Odebrecht
Tras la juramentación del nuevo
Gabinete Ministerial, el presidente Martín Vizcarra aseguró que en esta nueva
etapa los ejes principales de acción serán la lucha contra la pandemia y las
medidas que aceleren la recuperación económica del país.
Sin embargo, ni bien se conoció
a los nuevos integrantes del Gabinete, un joven de 32 años llamó la atención.
Se trata de Martín Adolfo
Ruggerio Garzón, el nuevo ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, quien
ingresa a la cartera en reemplazo de Sylvia Cáceres.
Ruggerio es abogado
especializado en derecho laboral, derecho procesal laboral y derecho
migratorio.
La PCM a través de su cuenta de
Twitter cambió la reseña del nuevo ministro de Trabajo, Martín Ruggiero Garzón,
en su primera publicación resaltan que el titular ha escrito artículos sobre
derecho laboral.
En su segunda publicación de la
PCM, en la reseña de Martín Ruggiero Garzón eliminaron que haya escrito
artículos sobre derecho laboral y que pertenezca como abogado asociado al
estudio Payet Rey Cauvi Pérez.
Odebrecht: lista de estudios de
abogados que asesoraron a la constructora brasileña
Tras la revisión de una serie de
registros y documentación incautada o entregada por la empresa brasileña
Odebrecht, se difundió una nómina de bufetes y estudios de abogados que se han
relacionado comercialmente con la constructora.
La Fiscalía evalúa las
operaciones, convenios o contratos de servicios que suscribieron los citados
estudios de abogados, informaron fuentes del Ministerio Público.
Como se recuerda, recientemente
se confirmó que un conocido estudio de abogados estuvo implicado en las
operaciones bancarias de una off shore para la entrega de 3 millones de dólares
para el expresidente Regional del Cusco, Jorge Acurio Tito, usando bancos de
Andorra.
Va la lista:
Estudio Rodrigo, Elías &
Medrano Abogados
Antonio Payet, Alonso Rey &
Juan Cauvi Abogados (Martín Adolfo Ruggerio Garzón abogado asociado)
Luis Hernández Berengel &
Cía.
Estudio Nava & Huesa
Abogados Asociados.
Estudio Garrigues.
Ernst & Young.
Estudio Luis Bramont Arias.
Laub & Quijandría.
Raul Barrios, Fuentes &
Dagnino Abogados.
Alfredo Bullard Falla &
Huáscar Escurra Abogados.
José Delmar & Manuel Ugarte.
Alberto Rebaza, Rafael Alcázar
& Gonzalo De las Casas.
Ugaz, Forno y & Benites.
Estudio Raúl Ferrero.
Grau Abogados.
Estudio Echecopar – Baker &
McKenzie.
Luis Pizarro, Botto &
Escobar Abogados.
Muñiz, Ramírez, Pérez –Taiman
& Olaya.
Natale Amprimo & Hans Flury
Abogados.
Estudio Arsenio Oré.
Estudio Osterling.
Estudio Roselló.
Rubio Leguía & Normand.
Jorge Picón y Asociados.
Price Waterhouse Cooper.
Juan Miranda & Daniel Amado
Abogados. https://informateperu.pe/
HIDROMUNDO
Chile designa dos nuevos humedales de
importancia internacional
La Convención Ramsar sobre los
Humedales es la principal autoridad intergubernamental sobre los humedales en
el mundo. De acuerdo a la propia Convención, su objetivo principal es velar
para que las contribuciones, hechas por los humedales al bienestar humano, en
todos sus aspectos, se reconozcan y fortalezcan en todos los sectores y niveles
de la sociedad.
Los denominados “Sitios Ramsar”
(Humedales de Importancia Internacional) son reconocidos y designados por los
gobiernos del mundo que son Partes Contratantes en la Convención de Ramsar
debido, principalmente, a su importancia como reservas de agua, por ser
espacios donde se concentra mucha biodiversidad y por ser determinantes en el
funcionamiento de los ecosistemas.
Desde 1981 que Chile forma parte
de la Convención Ramsar siendo el Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter,
en la Región de Los Ríos, el primer sitio Ramsar declarado a nivel nacional (27
de julio de 1981).
Desde entonces se habían
declarado como tales un total de 13 ecosistemas de los cuales 9 están a cargo
de CONAF, 3 son administrados por privados y 1 se encuentra bajo la
administración del Ministerio de Medio Ambiente.
Sin embrago, desde hoy, de
acuerdo a lo informado por sitio web de la Convención, el país sumo 2 nuevos
Humedales de Importancia Internacional; los “Humedales de Monkul” y El “Humedal
del río Limarí.
Humedales de Monkul (no. 2423 en
la Lista de Humedales de Importancia Internacional):
Es un ecosistema estuario
formado por lagunas, marismas de pastos altos y pajonales ribereños. El sitio alberga a unas 171 especies de
plantas incluyendo especies endémicas y vulnerables como el mañío hojas largas
(Podocarpus salignus). Al menos 134 especies de animales, incluyendo 80
especies de aves acuáticas y 13 especies migratorias están presentes en el
sitio además de especies vulnerables como el conejo europeo (Oryctolagus
cuniculus), la nutria del mar (Lontra felina) y el caballo (Equus hemionus).
El sitio es fuente esencial de
subsistencia a través de la pesca y la caza para las comunidades indígenas
mapuche que habitan en la zona desde épocas precolombinas. Entre las
principales amenazas al sitio se encuentra la canalización del humedal para la
expansión de la ganadería y el cambio en uso de suelo a consecuencia de la
creciente actividad agrícola y forestal.
El Humedal del río Limarí, desde
Salala hasta su desembocadura (no. 2424 en el Lista de Humedales de Importancia
Internacional):
Es parte de una red de humedales
costeros del norte de Chile que incluye estuarios y aguas marinas poco
profundas. Es un sitio de gran importancia debido a su amplia biodiversidad
biológica sustentando a más de 130 especies de animales y plantas. Provee hábitat
para especies endémicas incluyendo 32 especies de plantas como el copao
(Eulychnia acida) y 16 especies de animales incluyendo la lisa (Mugil
cephalus), la iguana chilena (Callopistes maculatus), el cururo (Spalacopus
cyanus) y el sapo de atacama (Rhinella atacamensis), una especie clasificada
como vulnerable según la lista roja de UICN.
El sitio es de singular valor
ecológico por ser hábitat de reproducción, refugio y alimentación de un número
importante de avifauna nativa y migratoria y ser fuente de alimento y agua para
las comunidades aledañas, sin embargo, ha sufrido las presiones de la
deforestación, erosión y las descargas de basura y contaminantes químicos. https://www.eldesconcierto.cl/
“Defender el Agua es Defender la Vida”
http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
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