Lunes, 27 de noviembre de 2023 – Año XVII – Edición 4351 – http://hidroboletinfentap.blogspot.pe
Comunicado 042 – CDN FENTAP
La Federación Nacional de
Trabajadores del Agua Potable y Alcantarillado del Perú - FENTAP pone de conocimiento de todos los trabajadores y
trabajadoras de Sedapal que la Gerencia de Recursos Humanos y funcionarios de
Sedapal estarían perjudicando con su derecho al trabajo a los familiares de los
trabajadores y trabajadoras de Sedapal al presuntamente haber consignado en la
convocatoria de los concursos la prohibición para postular a los familiares
cuyos parientes laboran en las Gerencias.
Ante esta grave situación con la que estarían actuando
ilegalmente los funcionarios de la empresa, la FENTAP
apoyará en las demandas a los trabajadores que habrían sido afectados por estas
malas decisiones al presuntamente impedírseles concursar libremente a sus
parientes privándolos de sus derechos al trabajo establecidos
constitucionalmente.
Sin embargo, la FENTAP
exige al actual Gerente General (e) Jorge Rucoba y al actual Gerente de
Recursos Humanos (e) Víctor Hugo de los Santos ordenen la rectificación de
inmediato y permitan que los parientes de los trabajadores se presenten
libremente a los concursos externos e internos.
Asimismo, les damos a conocer los antecedentes de esta
denuncia:
CONVOCATORIA EXTERNA
Finalmente, señalamos puntualmente la base legal y los alcances del nepotismo:
El artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 26771, aprobado
por Decreto Supremo N° 021-2000- PCM, modificado posteriormente por los
Decretos Supremo N° 017-2002-PCM y N° 034-2005- PCM.
"Se configura el acto de nepotismo, descrito en el
artículo 1 de la Ley cuando los funcionarios de dirección y/ o personal de
confianza de la Entidad ejerzan su facultad de nombramiento y contratación de
personal respecto de parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo
de afinidad y por razón de matrimonio; o cuando los funcionarios descritos
precedentemente ejerzan injerencia directa o indirecta en el nombramiento y
contratación de personal.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que existe injerencia directa cuando el funcionario de dirección o de confianza que guarda el parentesco indicado tiene un cargo superior a aquél que tiene la facultad de nombrar o contratar al personal, al interior de su Entidad. Entiéndase por injerencia indirecta aquella que no estando comprendida en el supuesto contenido en el párrafo anterior, es ejercida por un funcionario de dirección y/o personal de confianza, que sin formar parte de la unidad administrativa en la que se realizó la contratación o el nombramiento tiene, por razón de sus funciones, alguna injerencia en quienes toman o adoptan (a decisión de contratar o nombrar en la unidad correspondiente. ( ... )"
Consejo Directivo Nacional de la FENTAP
Lima, 24 de noviembre de 2023
EMPRESAS DE AGUA
SEDAPAR organiza tercera feria informativa para concientizar a usuarios no domésticos sobre el mal uso de sus redes de alcantarillado sanitario
Para concientizar y erradicar el mal uso de sus redes de desagüe,
SEDAPAR está organizando la tercera feria informativa denominada “Por un
alcantarillado sanitario sano y sostenible”, está dirigida a usuarios que
descargan aguas industriales y comerciales denominados no domésticos – UND – el
evento se realizará los días 27, 28 y 29 de noviembre, desde las 10 de la
mañana, hasta las 5 de la tarde en el campus de la Universidad Continental, en
su calidad de coorganizador y aliado estratégico.
Para el caso se ha invitado a especialistas de SUNASS,
EMAPA San Martin y del propio SEDAPAR, también participan laboratorios
acreditados ante INACAL y proveedores de prestigio comprobado, los usuarios con
contrato comercial, industrial o estatal, estudiantes universitarios y público
en general podrán asistir y participar en las exposiciones que se concretarán
en dos turnos, bajo el siguiente detalle:
• Lunes 27 –
exposiciones dirigidas a hoteles y restaurantes.
• Martes 28 -
exposiciones dirigidas a mercados, hospitales y similares.
• Miércoles
29 - exposiciones dirigidas a la industria en general
ANTECEDENTES.
La normativa de los Valores Máximos Admisibles- VMA - nace
de la necesidad de controlar los vertimientos de aguas residuales que llegan a
las redes de recolección y plantas de tratamiento de aguas residuales – PTAR-
tomando en cuenta que muchos de estos vertimientos son dañinos por exceder los
parámetros de diseño de la infraestructura.
El Ministerio de Vivienda, publica el año 2009 el DS
021-2009 Vivienda, que es la primera iniciativa de control de las aguas
residuales no domesticas; y las empresas de saneamiento empiezan a estructurar
el control de las aguas residuales; el 2015 se promulga el DS 001-2015
Vivienda, norma que moderniza la norma original.
IMPLEMENTACIÓN DE SEDAPAR
SEDAPAR ha liderado la implementación de los VMA en el
país, siendo reconocido en los informes anuales de SUNASS, sus registros de
usuarios no domésticos y la posterior toma de muestras para determinar la
calidad de los efluentes de los usuarios no domésticos, han obtenido los
siguientes resultados:
Para el año 2024 se pretende intensificar los controles a los usuarios no domésticos, por lo que resulta de interés para ellos, tener un mejor conocimiento de la norma e identificadas a empresas que podrían ayudarles a acondicionar sus efluentes para el cumplimiento normativo.
HIDROREGIONES PERÚ
Otass transfiere S/3,339 millones a 10 empresas de saneamiento por El Niño
El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios
de Saneamiento (Otass) autorizó la transferencia de S/ 3,399,983 a 10 Empresas
Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) para el arrendamiento de camiones
cisterna para distribuir agua potable durante el Fenómeno El Niño (FEN).
Así lo indica la Resolución Directoral Nº
000183-2023-OTASS-DE, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano. Norma
lleva la rúbrica de Carlos Benites, director ejecutivo de Otass.
La resolución precisa que transferencia se realiza en el
marco del Decreto de Urgencia Nº 028-2023, que autoriza a la Otass, junto al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para ejecutar
acciones de emergencia ante la ocurrencia del FEN.
Las EPS con nuevos recursos
Las empresas públicas de saneamiento con mayores recursos
destinados son la EPS Grau (Piura) y la EPS Sedalib (La Libertad), ambas con S/
602,149; les siguen las EPS SEDA Chimbote (Áncash) y Epsel (Lambayeque) las dos
con S/ 398,384 recibidos.
Completan la lista las EPS Semapach (S/ 354,303), Emapisco
(S/ 345,156), Aguas de Lima Norte (S/ 301,075), EPS Barranca (S/ 247,846),
Emapa Cañete (S/ 97,309) y Emapa Huaral (S/ 53,228), indica la resolución
directoral.
Todos estos recursos solo podrán ser destinados para el
arrendamiento de camiones cisterna para distribución de agua potable, bajo
responsabilidad, y el monitoreo de su ejecución estará en manos del mismo
Otass. https://gestion.pe/
Suspenden actividad minera en río Nanay: la fuente de agua de la ciudad más grande de la Amazonía peruana
Es oficial. La cuenca del río
Nanay —la fuente de agua de Iquitos, la ciudad más grande de la Amazonía
peruana— ha quedado libre de la actividad minera formal. Así lo dispone el
Decreto Supremo Nº 030-2023-EM, el cual suspende la admisión de petitorios mineros
o concesiones mineras en el área, ubicada el distrito de Alto Nanay, provincia
de Maynas, departamento de Loreto.
El anuncio fue dado de manera
previa por Jorge Enrique Soto, director general de Minería del Ministerio de
Energía y Minas (Minem) durante una audiencia descentralizada de la Comisión de
Pueblos del Congreso de la República, el 24 de noviembre, en Iquitos.
La disposición ejecutiva se
enmarca como un logro de la sociedad civil organizada, ya que esta se da en el
contexto de las multitudinarias movilizaciones ciudadanas, pedidos de
organizaciones y autoridades locales que exigen la protección del Nanay frente
al avance de la minería y otras actividades contaminantes.
Esto debido a que el río
abastece de agua a más de medio millón de personas, además de significar una
fuente esencial en recursos naturales.
Población rechaza concesión
minera otorgada por Ingemmet
En el marco de la publicación
del decreto supremo, —establecido por un plazo de 12 meses—, aún no cesa la
preocupación frente a la concesión minera, denominada Raíces Gaddaffy, otorgada
el 21 de agosto por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) a
nombre de Ricardo Moreno Valderrama, para operar en parte de la cuenca del
mencionado río.
Pues, de acuerdo a Joseph Díaz,
especialista legal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), la norma
no tendría efecto sobre la concesión ya entregada.
“Ninguna ley es retroactiva, por
lo que esta norma no tendría efecto sobre la concesión ya otorgada. La única
forma de que la concesión Raíces Gaddaffy se anule es mediante la acción de
amparo presentada por [el exfiscal especializado en medio ambiente] Yusen
Caraza, por la vía judicial, o por la queja administrativa presentada por la
Municipalidad Provincial de Maynas”, explicó Díaz para Actualidad Ambiental.
En esa misma línea, el defensor
ambiental y presidente del Comité de Defensa del Agua de Iquitos, José
Manuyama, declaró para el mismo portal que: “Si dejamos que esta actividad se
instale, como está sucediendo ahora el Nanay, [el río] está condenado a desaparecer,
y condenados también nosotros. Más de medio millón de personas que estamos en
Iquitos, también estamos condenados a desaparecer. Y como se ha podido ver en
imágenes, el Nanay ya se ve como el nuevo Madre de Dios”.
¿Por qué la cuenca del río Nanay
es tan importante?
Este río atraviesa la Reserva
Nacional Allpahuayo Mishana —un área natural protegida a minutos de Iquitos— y
el Área de Conservación Regional Alto Nanay-Pintuyacu-Chambira, que protege las
cabeceras de cuenca del Nanay. Ambos lugares albergan numerosas especies de
flora y fauna endémicas con distribución restringida, así como ecosistemas
frágiles.
Sin embargo, a pesar de su valor
biológico, según un informe del Proyecto Monitoreo de la Amazonía Andina
(Maap), en la cuenca se ha registrado, solo entre el año pasado y 2023, unas
122 infraestructuras mineras.
Asimismo, existen otros ríos
afectados, que pertenecen a la Amazonía norte, como son: Cotuhe, Curaray,
Marañón, Mazán, Napo, Patayacu, Pintuyacu, Putumayo, Tigre y Yaguas. En estos
se ha detectado la presencia de minería ilegal y se ha logrado detectar cerca
de 280 infraestructuras mineras, entre dragas y otras embarcaciones utilizadas
para realizar esta actividad. https://www.infobae.com/
“Defender el Agua es Defender la Vida”