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Lunes, 01 de marzo de 2010 – Año 4 – Edición 945

HIDROBOLETÍN FENTAP

Lunes, 01 de marzo de 2010 – Año 4 – Edición 945 www.fentap.org.pe

La FENTAP informa:

· Decálogo para abordar la escasez del agua y la sequía. Propuestas desde la sociedad civil

· EPS GRAU: Contratista continúa usando tubería inadecuada en Lote 2. Sostiene ingeniero civil ante fiscalía

· Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el presupuesto institucional del ministerio para el ano fiscal 2010, destinados al programa agua para todos para el financiamiento de diversos proyectos

  • ECUADOR: Hoy se cumple 1 año del derrame del OCP ¿y la reparación ambiental? bien gracias

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Decálogo para abordar la escasez del agua y la sequía

Propuestas desde la sociedad civil

www.ecodes.org – 19/02/2010.- La Directiva Marco del Agua (DMA) establece como objetivo fundamental la protección y conservación de la calidad ambiental de todas las aguas (ríos, acuíferos, humedales, lagos y aguas costeras), con el fin de garantizar los usos sostenibles del agua a medio y largo plazo.

Alcanzar el buen estado de las aguas supone recuperar la calidad de los ecosistemas acuáticos para que sigan prestando la amplia gama de servicios sociales, económicos y ambientales que contribuyen a mantener y mejorar el bienestar en nuestras sociedades. En el caso de la Región Mediterránea, donde se enmarca España, conseguir el objetivo del buen estado requiere disminuir la presión humana sobre los ecosistemas acuáticos, adaptando nuestros usos a su sostenibilidad.

En el clima mediterráneo las sequías son fenómenos recurrentes que incrementan temporalmente la presión sobre nuestras aguas. Por tanto requieren una gestión que las anticipe y prevea, permitiendo mitigar sus efectos negativos, tanto ecológicos como socioeconómicos. Disponer de unos acuíferos en buen estado juega un papel fundamental para asegurar el riego y el abastecimiento en épocas de sequía. En el mismo sentido, cuando los ríos, humedales y lagos están en buen estado de conservación y disponen de caudales en cantidad y calidad suficiente, al llegar la sequía serán menos vulnerables, y podrán seguir prestando servicios a la sociedad: dilución de la carga contaminante en ellos vertida; contribución a la regulación del clima y al mantenimiento de la biodiversidad; arrastre de sedimentos y nutrientes al litoral para el mantenimiento de los ecosistemas costeros y las actividades humanas asociadas; desarrollo de actividades lúdico-recreativos; así como el resto de servicios de provisión de agua para los diferentes usos.

La DMA nos da los instrumentos necesarios para hacer frente a las sequías, incorporando el principio de precaución en la gestión y garantizando unas reservas suficientes de agua que reduzcan la vulnerabilidad de los ecosistemas y de la sociedad en su conjunto frente a este tipo de fenómenos. En el caso de sequías prolongadas y excepcionales, permite el deterioro temporal de las aguas que habrá de revertir una vez pasada esta situación excepcional.

Utilizar las sequías como justificación para no aplicar la DMA adecuadamente en los países mediterráneos es contraproducente y no hará sino incrementar nuestra vulnerabilidad frente a este tipo de fenómenos. En este sentido, las organizaciones firmantes manifiestan:

I. Hay que diferenciar entre escasez de agua y sequía. La escasez de agua es generada por el hombre y resulta de una demanda excesiva de agua que supera los recursos disponibles. La sequía es un fenómeno natural recurrente producido por una disminución temporal de precipitaciones suficientemente larga e intensa como para generar impactos socioeconómicos adversos.

II. La DMA ofrece un marco adecuado para la gestión eficaz de los fenómenos de sequía. La reducción de la vulnerabilidad ecológica y social frente a las sequías está directamente relacionada con la recuperación y conservación del buen estado de los ríos, lagos, humedales, aguas subterráneas y costeras.

III. La planificación hidrológica deberá servir para establecer un enfoque estratégico frente a las sequías, garantizando el mantenimiento de reservas de agua circulante por los ríos y almacenada en acuíferos que nos permitan hacer frente al riesgo de sequía, agravado por la incertidumbre sobre la futura disponibilidad de recursos por efecto del cambio climático. Los planes de sequía actualmente vigentes, que carecen de esta visión estratégica, deberán revisarse para adecuarlos a la nueva planificación realizada conforme a la DMA.

IV. Hay que implantar regímenes de caudales ecológicos elaborados con criterios científicos rigurosos que contribuyan al logro del buen estado de las aguas y permitan que los ríos lleguen al mar. En época de sequía, dichos caudales ecológicos podrán temporalmente reducirse, pero en ningún caso el caudal de sequía puede dar lugar a un deterioro irreversible del ecosistema.

V. Es necesario revisar los derechos concedidos de uso de agua para adecuarlos a los recursos disponibles una vez asegurado el buen estado de los ecosistemas acuáticos, y reducir así el riesgo ante situaciones periódicas de sequía. Es también necesario mejorar el control de los volúmenes de agua realmente utilizados y erradicar los usos no legales de agua.

VI. El agua ahorrada por la aplicación de tecnologías más eficientes debe revertir a los ecosistemas para aumentar las reservas estratégicas. Se han de conocer los volúmenes de agua realmente ahorrados como resultado de la aplicación de tecnologías más eficientes (por ejemplo, los programas de modernización de regadíos), y asignarlos a asegurar los regímenes de caudales ecológicos y las reservas de los acuíferos, en lugar de incrementar los consumos.

VII. La gestión de la demanda de agua debe primar sobre incrementos de la oferta. Antes de aplicar soluciones de oferta se han de agotar todas las oportunidades de gestión y reducción de la demanda. En caso de tener que aplicarse medidas de incremento de la oferta de agua, estas deben ser compatibles con los objetivos de la DMA, respetar el principio de unidad de cuenca, dimensionarse adecuadamente y primar las soluciones locales, más baratas, eficientes y flexibles. Los trasvases no son una medida adecuada para gestionar la escasez o las sequías, y aumentan la vulnerabilidad en las cuencas afectadas.

VIII. Se necesitan tarifas que recuperen los costes reales del uso del agua y una mayor transparencia respecto a quién paga los servicios del agua. Es necesario clarificar el grado de recuperación de costes de los servicios del agua, y que cada sector (urbano, agrícola, industrial o eléctrico) haga frente a los costes que les corresponden. Es necesario que las tarifas que los usuarios pagan recuperen los costes de los servicios del agua, incluyendo los costes ambientales.

IX. Las políticas sectoriales (agrícola, energética, ordenación del territorio, industrial) han de tener en cuenta los límites de disponibilidad de agua y contribuir al logro del objetivo de buen estado de todas las aguas.

X. Es necesaria la progresiva reconversión del regadío (que consume el 70% del agua en España) y poner en marcha estrategias alternativas de desarrollo rural para reducir la presión sobre las aguas y asegurar la calidad de vida de la población rural. Es necesario decretar una moratoria para todos los proyectos planteados de consolidación y ampliación de regadíos, en tanto no estén aprobados los nuevos planes hidrológicos de cuenca, elaborados de acuerdo a lo establecido por la DMA.

EMPRESAS DE AGUA

EPS GRAU

Sostiene ingeniero civil ante fiscalía

Contratista continúa usando tubería inadecuada en Lote 2

CORREO – 27/02/2010.- El ingeniero civil Carlos Valdivia Vizcarra deploró que a más de un mes de que se publicara la noticia, la contratista Consorcio Grau continúa utilizando tubería inadecuada para el Lote 2 del PAS, sin que la consultora Nippon Koei haya hecho alguna observación.

Fue en su declaración, que se prolongó por más de una hora, ante la Fiscalía de Prevención del Delito, que realiza una investigación por delito contra la salud pública y a la que pidió se actúe con diligencia y rapidez ante este "atropello".

En el Lote 2 hasta ahora no hay problemas de orden técnico o diseño. Sin embargo en las redes de agua potable no se está usando el material especificado en las bases y en la oferta técnica, sino otro de menor calidad, precisó.

Llama la atención que la supervisora Nippon Koei lo permita, también la nula intervención de la dirección ejecutiva del proyecto Agua para Todos del Ministerio de Vivienda, dijo.

El problema se va a presentar a corto plazo. Las tuberías matrices, en las zonas aledañas a los once reservorios, de los cuales seis son nuevos, con capacidades de 2 mil 500 y 3 mil m3, van a colapsar frecuentemente por las sobre presiones en las uniones, al carecer de refuerzos de acero en el anillo, porque se está utilizando el sistema anger en lugar del sistema rieber, sostiene.

CITACIONES

Para la próxima semana la Fiscalía citará al representante de la Nippon Koei Piura, ingeniero Juan Miguel Guzmán Zúñiga, director de supervisión, y al representante del Consorcio Grau, a fin de que diluciden este problema.

Todos ellos tienen pleno conocimiento de las bases y de la oferta técnica del Consorcio Grau y no deben permitir que por consideraciones de tipo político este atropello quede "impune", señala Valdivia.

La reunión que se había concertado para ayer, con los entes involucrados, no se realizó, porque vía telefónica se les comunicó que no se presentarían Nippon, Agua para Todos, ni la Gerencia ni Directorio de EPS Grau.

ECONOMÍA

Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el presupuesto institucional del ministerio para el ano fiscal 2010, destinados al programa agua para todos para el financiamiento de diversos proyectos

El Peruano / Normas Legales/ p.429-431

HIDROMUNDO

ECUADOR

Hoy se cumple 1 año del derrame del OCP ¿y la reparación ambiental? bien gracias

Alexandra Almeida - Acción Ecológica

El 25 de febrero del 2009, hace un año, se rompió el oleoducto de crudos pesados, OCP y se derramaron 14.000 barriles de crudo en la parroquia Santa Rosa, provincia de Napo, Este derrame afecto a 32 poblaciones incluyendo la ciudad de Coca, capital de la provincia de Orellana.

La versión de la empresa fue que el derrame se debió a "un fenómeno natural, que causó un esfuerzo extremo en la tubería" Específicamente dijo que fue un movimiento sísmico. Estas explicaciones fueron cuestionadas puesto que el mayor argumento que usó el consorcio para la construcción fue que “El acero usado cumple con las normas internacionales cuenta con alta elasticidad y flexibilidad (mayor que el SOTE). Eso permite disminuir el riesgo de la ruptura de la tubería frente a ciertos movimientos sísmicos”. Muchas preguntas quedaron en el aire por ejemplo: ¿Por qué se rompió la tubería que se supone estaba construida a prueba de cualquier esfuerzo extremo? ¿Por que ninguno de los pobladores locales sintieron el sismo?, ¿Por qué ese sismo no rompió al SOTE que pasa por la misma zona y que tiene 32 años mas de uso que el OCP? ¿Puede un movimiento sísmico provocar una ruptura tipo “caliche”?

Sin dar respuestas a esas preguntas la empresa volvió a ofrecer la famosa tecnología de punta en las labores de limpieza y recolección del crudo vertido. Que pasó con la Remediación?

Según moradores de la zona de Santa Rosa luego del derrame hubo amenazas por parte de la empresa OCP de intervenir con la fuerza pública, de expropiarles los terrenos, o de comprarles la finca al precio que ellos imponían. En algunos sitios la empresa ingreso con la maquinaria sin pedir permiso. Específicamente entre el propietario de la finca donde se produjo el derrame y la empresa hubo una confrontación durante 5 meses que terminó con la firma de una Acta de Compromiso para que el dueño de la finca ejecute actividades de control y monitoreo durante 18 meses, desde agosto del 2009. Afirman los afectados que las autoridades no actuaron como debían hacerlo, no cumplieron su rol de control de los trabajos.

El principal ofrecimiento de compensación social que consistía en entregar el dinero para la construcción del sistema de agua potable, a través de un convenio entre la Junta parroquial, el Municipio y el OCP, todavía no ha comenzado.

Las acciones de contingencia que realizó la empresa fueron muy lentas, la contaminación llegó al Coca dejando sin el servicio de agua potable por 45 días a esa ciudad. Se tardaron 2 semanas en controlar el derrame, Para la remediación local se contrato a las empresas: PECS en Santa Rosa, en el río salado se contrató a la empresa CORENA y más abajo estuvo ARCOIL. Los trabajos de remediación duraron 9 meses, actualmente la empresa SAE realiza algunas actividades de monitoreo.

El Municipio de Orellana interpuso una demanda legal contra la empresa OCP por daños y perjuicios ocasionados por el derrame. El río Coca de donde la ciudad se abastece de agua quedo cubierto de una capa de crudo. Según el director de Medio Ambiente del Municipio cada vez que crecía el río afloraba la contaminación y se veían obligados a suspender el servicio de agua a la ciudad y eso ocurrió frecuentemente durante todo este año.

Aunque el sitio donde se produjo el derrame no se ve contaminado, moradores del lugar afirman que en el río se encuentra petróleo a 30 cm de profundidad en la arena. Sin embargo, las aguas del río están siendo utilizadas por la población para bañarse, para la pesca, y para los animales.

Una demanda urgente de los pobladores de la zona a la empresa es que se restituya el cauce de un estero donde tomaban agua las vacas y que fue desviado para realizar los trabajos de remediación.

Otra comunidad afectada por el derrame es San José de Guayusa, ubicada a 50 Km. arriba de la ciudad de Coca, los pobladores afirman que los trabajos de remediación no han sido eficientes que aun hay contaminación en el río.

En la zona de la Cascada de San Rafael se puede aun observar la contaminación, aparentemente no se realizó ningún trabajo de limpieza en este lugar.

La población afectada, a un año del derrame afirma que aún no hay normalidad, estos hechos siempre cambian el estado de ánimo de los habitantes, generan temor, zozobra y generan un cierto grado de división entre afectados y entre la ciudadanía y las autoridades, donde se puede notar la influencia de la empresa

Todos estos hechos nos demuestran que en este caso no se ha cumplido con lo que estipula actualmente la Constitución vigente en el país, la cual introduce el término de Reparación integral dentro del capítulo de los derechos ambientales. Así tenemos que el artículo 397 de la Constitución garantiza que en caso de daños ambientales, el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental.

En estos momentos se está analizando un proyecto de Ley de Reparación para aplicar lo que consta en la Constitución. Sin embargo el concepto de REPARACION está reconocido por el Sistema Interamericano de Derechos Humano que lo define como un conjunto de medidas orientadas a restituir los derechos y mejorar la situación de los afectados, incluso promoviendo medidas políticas que impidan la repetición de las agresiones

Esta reparación tiene por objetivos que los afectados mejoren su situación y enfrenten las consecuencias de las agresiones reconociéndose dignos, como personas con derechos y que se muestre solidaridad con los afectados y se abra un camino para que éstos recuperen la confianza en la sociedad y las instituciones.

Por esto la reparación incluye varios elementos necesarios:

1.- La Restauración.- Significa que la naturaleza vuelva a la situación original. En este tema tenemos que en la Constitución vigente, en el capítulo de derechos de la naturaleza dice en el artículo 72 que se reconoce que la naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto grave o permanente incluidos los ocasionados por la explotación de recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. El artículo 396 de la Constitución también expresa que la responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas.

2.- La Indemnización.- Es la compensación monetaria de los daños y perjuicios, esto incluye el daño material, el físico y el moral (miedo, humillación, racismo, estrés, problemas sicológicos, reputación etc.) De igual manera los artículos 72 de los derechos de la naturaleza y 396 de los derechos ambientales reconocen la obligación de indemnizar a los individuos o colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.

3.- La Rehabilitación.- Se refiere a tomar medidas médicas y sicológicas, así como servicios legales y sociales que ayuden a los afectados a readaptarse a la sociedad.

4.- Las medidas de satisfacción.- Se refiere a que se verifique los hechos, se obtenga un conocimiento público de la verdad y se organicen actos de desagravio, con sanciones para los agresores y se recuerden los hechos y se conmemoren las víctimas por muertes o enfermedad.

5.-Las Garantías de no repetición.- Pretenden asegurar que los afectados no van a volver a sufrir ningún tipo de agresión. Para ello se requiere de reformas judiciales, institucionales y legales con cambios en los funcionarios, y el manejo y el conocimiento de los derechos humanos para evitar la repetición de estas agresiones.

Exigimos a las autoridades que tomen las medidas necesarias para evitar que este delito ambiental quede en la impunidad como tantos otros que ocurren en la Amazonía ecuatoriana frecuentemente

“Defender el Agua es Defender la Vida”

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